2º TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE SANTIAGO

M.P. C/ YASMIN DEL CARMEN CEPEDA RIVEROS

Rol

Fecha

6 de marzo de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Que en estos autos RUC 2100326546-0, RIT 357-2022 del Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia definitiva de doce de diciembre de dos mil veintidós, se absolvió a la acusada Yasmin Del Carmen Cepeda Riveros, de los cargos imputados en calidad autora del delito de tráfico ilícito de sustancias o drogas estupefacientes o psicotrópicas, cometido el día 20 de agosto del año 2021. En contra de dicha sentencia, Tania Sironvalle Sosa, en representación del Ministerio Público, deduce recurso de nulidad invocando la causal de nulidad contenida en la letra e) del artículo 374 del Código Procesal Penal en relación con la letra c) del artículo 342 del mismo cuerpo legal. En audiencia de 14 de febrero recién pasado se procedió a la vista del recurso, en que se escuchó las alegaciones de la defensa y del Ministerio Público, quedando fijada la lectura de sentencia para el día de hoy. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Primero: Que el recurrente entiende omitida la exposición clara, lógica y completa de cada uno de los hechos y circunstancias que se dieron por probados, fueren ellos favorables o desfavorables al acusado, y de la valoración de los medios de prueba que fundamentaron dichas conclusiones de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 297 del Código Procesal Penal. Expone que los fundamentos del

Fallo

fallo no contienen una exposición clara ni lógica respecto de aquella parte de la sentencia por la que se absuelve a la acusada; la fundamentación tampoco resulta ser completa respecto de cada uno de los elementos que el Tribunal ha debido ponderar para determinar que la imputada no es culpable del delito. Explica que no ha habido controversia en cuanto a la existencia del hecho que dio origen a la imputación, tanto como de la existencia, calidad y aptitud de las especies decomisadas en relación al tipo penal sancionado por la ley 20.000, lo que fue establecido el párrafo sexto del considerando Noveno del fallo. Luego, expresa que la cuestión descansa en la comprensión razonable, desde una óptica procesal, si la imputada resulta ser autora de un delito de tráfico. Señala que el aludido la absolución de la acusada se deriva de que el tribunal entendió que el foco de investigación no era la acusada sino su conviviente Hugo Duran Mendoza; y porque del análisis del historial de violencia a la que habría sido sometida la acusada por Duran Mendoza, se concluiría que la acusada, por miedo, nunca estuvo en posición de evitar los delitos, denunciarlos o impedir que los efectos incautados fueran guardados o tenidos en el domicilio que ambos compartían. En cuanto al primer fundamento, refiere el recurrente que descansa en una premisa inexistente y, por tanto, el fundamento de aquella parte del fallo en cuanto a la absolución de la acusada no es lógico, claro ni completo. Reconoce qu

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C.A. de Santiago Santiago, seis de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Que en estos autos RUC 2100326546-0, RIT 357-2022 del Segundo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, por sentencia definitiva de doce de diciembre de dos mil veintidós, se absolvió a la acusada Yasmin Del Carmen Cepeda Riveros, de los cargos imputados en calidad autora del delito de tráfico ilícito de sustancias o drogas estu

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