INVERSIONES SENTOSA CHILE SPA./CONDOMINIO CUMBRES DEL CONDOR
Rol
Fecha
13 de marzo de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Que, conforme lo dispone el artículo 698 numeral 7° del Código de Procedimiento Civil, deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, por lo tanto, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante y demandada el seis de febrero del presente año, en contra de la resolución de ocho de agosto del año dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. N°Civil-3.148-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (imm) Santiago, trece de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N° 3 y 4: estese a lo que se resolverá. Vistos: Que, conforme lo dispone el artículo 698 numeral 7° del Código de Procedimiento Civil, deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez
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