M.P C/ MARCOS ANTONIO CARRASCO OLIVARES
Rol
Fecha
4 de marzo de 2023
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON SUSPENSION DE LICENCIA ART. 196 Y 209 INC. 2 LEY DE TRANSITO
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia se desprende que, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvo en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado. Además, en cuanto a la letra c) de dicho artículo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza de los delitos materia de la formalización, bienes jurídicos protegidos, la pena asignada a los mismos, por tener antecedentes penales pretéritos, manteniendo un patrón de conducta reiterativo. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla en los autos RIT 577-2023, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marco Antonio Carrasco Olivares. Devuélvase, vía interconexión. N° 568-2023 Penal. Se deja constancia que no firma el abogado integrante señor Jonatan Valenzuela Saldías por problemas de carácter informático.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de veintiséis de febrero del año en curso, dictada por el Juzgado de Garantía de Melipilla en los autos RIT 577-2023, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Marco Antonio Carrasco Olivares. Devuélvase, vía interconexión. N° 568-2023 Penal. Se deja constancia que no firma el abogado integrante señor Jonatan Valenzuela Saldías por problemas de carácter informático.
Texto Completo (Preview)
En San Miguel, a cuatro de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Segunda Sala Rol: 568-2023 Penal Ruc: 2300214411-5 RIT: 577-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Melipilla. Integrantes: Ministras señora Ma. Carolina Catepillán Lobos, señora Liliana Mera Muñoz y abogado integrante señor Jonatán Valenzuela Saldías. Relatora: Cristián Calderón Borquez Digitadora: Janet Meléndez Triviño Fiscal: Alexa
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