JOSE JOAQUIN BUSTAMANTE VILLOUTA CON ESCUELA DE AVIACION.
Rol
4191-2021
Fecha
25 de enero de 2022
Materia
Civil
Resultado
RECHAZA CASACION EN EL FONDO
Hechos
Vistos: En estos autos rol ingreso Corte N° 4191-2021, el Fisco de Chile ha interpuesto recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel de fecha 11 de diciembre de 2020 por la cual confirmó la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente la demanda interpuesta por don José Bustamante Villouta, condenado a la demandada al pago de una indemnización de perjuicios por daño moral de $15.000.000. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
Considerando I. En cuanto al recurso de casación en la forma. Primero: Que el arbitrio de casación formal se funda en la causal del artículo 768 Nº 4 del Código de Procedimiento Civil, esto es, en haber sido dada ultra petita. Sostiene que la sentencia contra la que se recurre ha sido pronunciada por los jueces del grado, emitiendo una decisión que se aparta del mérito del proceso, resultando ajena tanto a la acción como defensas presentadas en el juicio, al sustentar el
Fallo
fallo en una supuesta falta de servicio de la Fuerza Aérea de Chile basada en la infracción de un deber de cuidado no demandado ni pedido, y respecto del cual no se les han otorgado facultades para pronunciarse oficiosamente. Agrega, en lo atingente a la falta del deber de cuidado, que los sentenciadores hacen suya, que se establece y pondera en los razonamientos 35° y 36° de la decisión a quo, la que infiere a partir de los hechos ya asentados, unos nuevos, estableciendo primeramente como base de presunción para los mismos, los dichos del testigo de la demandada don Néstor Ortega; de lo que la juez a quo concluye que incurre en dicha falta, desde que en el año 2014 la demandada tomó conocimiento de la patología y no informó al Cadete que los antecedentes serían derivados y evaluados por la Comisión de Salud. Añade que al decidir como se ha señalado, la sentencia ha incurrido en el vicio de ultrapetita al extenderse a puntos no sometidos a la decisión del tribunal, por cuanto las partes fijaron la controversia por medio de sus acciones y defensas, de cuyo mérito los sentenciadores se apartaron, alterando el contenido de las mismas, cambiando su objeto o modificando su causa de pedir, afectando el principio de la congruencia, por haberse extendido a puntos que no fueron sometidos a la decisión del tribunal, lo que se ha denominado extrapetita. Al efecto, señala que en los motivos 15° y 34° del fallo de primer grado considera que las resoluciones de la Comisión de Sanidad que
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Santiago, veinticinco de enero de dos mil veintidós. Vistos: En estos autos rol ingreso Corte N° 4191-2021, el Fisco de Chile ha interpuesto recursos de casación en la forma y en el fondo en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel de fecha 11 de diciembre de 2020 por la cual confirmó la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente la demanda interpuesta
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