/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
4 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS A folio 1, comparece el abogado Francisco Javier Hernández Hormazábal, en representación de LUIS FELIPE VERA GALINDO, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado por el amparado. Indica que su representado se encuentra purgando condena única de 17 años, por el delito de robo con homicidio, sancionado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de esta ciudad. Señala que, el amparado de acuerdo a la información entregada por Gendarmería, tendría el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional el día 7 de noviembre de 2022, cuenta con 4 bimestres de muy buena conducta e informe psicosocial. En tal sentido, complementa que su defendido cuenta con todos los elementos sociales y psicológicos para reinsertarse adecuadamente en el medio libre. Por lo anterior, estima que la Comisión al decidir rechazar la libertad condicional al amparado, ha exigido a éste requisitos que claramente exceden los establecidos por el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, lo que torna dicha decisión en ilegal y arbitraria y cita las normas pertinentes del DL N° 321 y de la Constitución Política de la República, pidiendo que se acoja el recurso y se ordene la concesión del beneficio de libertad condicional de forma inmediata. A folio 4, se tuvo por interpuesto el presente recurso de amparo. A folio 6, Gendarmería de Chile acompañó los antecedentes estadísticos del amparado. A folio 8, consta informe de la Comisión de Libertad Condicional, que indica, en lo pertinente, que se rechazó por mayoría de votos, el cumplimiento del tiempo mínimo exigido por la ley, acordando no hacer uso de la facultad contemplada en el artículo 4 inciso final del Decreto Ley N°321. Unido a la causal anterior, en este caso, de manera unánime, se rechazó el beneficio, toda vez que de los antecedentes acompañados p
Fundamentos
considerando: Primero: Que la presente acción de amparo se dirige contra la resolución de la comisión de libertad condicional que sesionó en esta jurisdicción el segundo semestre del año 2022, que denegó el beneficio solicitado por el amparado, estimando la recurrente que dicha forma de proceder es ilegal y arbitraria, pues se aparta del marco normativo previsto por el Decreto Ley 321. Segundo: Que en concreto la recurrente alega que, pese a lo aseverado por la Comisión, no se advirtió por dicho organismo que el amparado cumpliría con todos los requisitos que la ley establece para conceder la libertad condicional a su respecto, particularmente por el hecho de mantener una conducta calificada como sobresaliente y antecedentes psicosociales que darían cuenta de una adecuada reinserción en el medio libre y apoyo de su grupo familiar, todo aquello debidamente plasmado en los informes respectivos. Tercero: Que, evacuando informe la recurrida manifiesta que se acordó por votación de mayoría, que el postulante no cumplía el requisito consignado en el N°1 del artículo 2° del Decreto Ley N° 321, en relación con lo dispuesto en el artículo 3°, inciso tercero, del mismo cuerpo normativo, en relación con el tiempo mínimo para postular, acordándose por la comisión no hacer uso de la facultad contemplada en el artículo 4 inciso final del Decreto Ley 321. Unido a la causal anterior, en este caso, por unanimidad de votos, se rechazó el beneficio, ya que de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, se constató por la Comisión que, si bien contaba con un informe de postulación psicosocial, éste era desfavorable, por cuanto en él se señala que Vera Galindo, presenta alto compromiso delictual y riesgo medio de reincidencia. Mantiene factores de riesgo como: falta capacitación laboral, características personales con potencial criminógeno, falta de empatía y autocontrol. Inadecuada conciencia de delito y del mal causado, asume participación pero niega haber dado muerte a la víctima. En cuanto al daño, no hay correlato emocional coherente, con lo expresado verbalmente, no advirtiéndose, en consecuencia, que al momento de postular al beneficio, el requirente presente avances en el proceso de reinserción social. Cuarto: De conformidad a lo anterior, y en lo que dice relación con los factores de riesgo de reincidencia y posibilidades de reinserción social, del informe de postulación, se puntualizó al interno con alto compromiso delictual y factores de riesgo, tales como: educación, trabajo, mal uso del tiempo libre, inadecuada conciencia del delito y daño ocasionado, manteniendo riesgo medio de reincidencia, conforme instrumento IGI. En cuanto a los avances en el proceso de reinserción social, indican que el interno actualmente se encuentra en proceso de entrenamiento de habilidades sociolaborales y competencias conductuales y que, aún cuando manifiesta motivación por desempeñarse en el área laboral, no desarrolla actividad productiva, las que, además, se han
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del recurso de amparo, se declara: I.- Que se rechaza la acción interpuesta a folio Nº1, por el abogado Francisco Javier Hernández Hormazábal, en representación de LUIS FELIPE VERA GALINDO, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en octubre del año 2022. II.- Que no se condena en costas al actor atendido a lo previsto en el artículo 593 en relación al artículo 591 del Código Orgánico de Tribunales. Redacción a cargo de la Ministra Ivonne Avendaño Gómez. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Amparo N°76-2023
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, cuatro de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS A folio 1, comparece el abogado Francisco Javier Hernández Hormazábal, en representación de LUIS FELIPE VERA GALINDO, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado p
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica