SIN INFORMACION

SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN DEL BÍO BÍO/PARRA

Rol

Fecha

3 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: En estos antecedentes comparece don Fabián Andrés Poblete Acuña, abogado, en representación del Serviu e interpone recurso de protección en contra de Violeta del Carmen Parra Pincheira, por haberse afectado gravemente la garantía constitucional de su representado, contemplada en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la Republica, al ingresar y construir una vivienda en el predio de su propiedad, acto arbitrario e ilegal que perturba o amenaza el legítimo ejercicio de las facultades legales del recurrente, en su calidad de titular del derecho de dominio, en el predio del cual su representado es legítimo poseedor y propietario ubicado en la comuna de Hualpén, calle Nueva Imperial, N°198 sector Población René Schneider, conforme plano archivado en el Registro de Propiedad del año 1983, bajo el N° 169. El dominio de la propiedad señalada precedentemente se encuentra vigente a la fecha de hoy a nombre de su titular y ahora recurrente, según consta de la inscripción de fojas 1007 bajo el N° 1347 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano del año 1983. El inmueble fue adquirido por Serviu mediante expropiación a aparente propietario Hogar de Cristo, cuyo dominio se encuentra a nombre del recurrente inscrito a Fojas 1007, N° 1347 del Registro de Propiedad del año 1983 a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano, inmueble que se encuentra diseñado por parte del Serviu, para la ejecución del Proyecto Habitacional “Nuestra Señora del Sagrado Corazón 2”, el cual dará solución habitacional a 220 familias. El predio tiene una cabida de 13.500,0 m2 y se encuentra singularizado en el plano de expropiación denominado “Levantamiento Planímetro Terrenos Población: Ignacio Carrera”, número E-58 confeccionado por SERVIU Región del Biobío, archivado bajo el N° 169 al final del Registro de Propiedad del año 1983, a cargo del C.B.R. de Talcahuano. Este inmueble fue entregado en su totalidad para su resguardo y custodia a

Fundamentos

fundamentos plausibles. Su representada ha poseído con ánimo de señor y dueña desde hace más de 50 años a la fecha de la interposición de este recurso de protección, un retazo de terreno de 5.000 metros cuadrados, ubicado en el sector nueva Imperial S/N de la comuna de Hualpén. La propiedad referida ha sido poseída continua y regularmente, sin interrupción, sin violencia, sin clandestinidad desde el año 1978 por ella, agregando la posesión de sus antecesores desde hace más de cincuenta años. Dicho retazo de terreno tiene los deslindes que indica en su escrito. Agrega que dentro de los actos de posesión material concretos de doña Violeta Del Carmen Parra Pincheira, se encuentran actividades comerciales, de acopio de materiales de construcción y también para fines habitacional, y arrendamiento entre otros, y se encuentran en dicho inmueble y residen 5 familias, entre ellos 8 niños, una persona de tercera edad, y los padres de dicho entorno familiar, que son las familias que residen en este inmueble. A mayor abundamiento, entre estas partes, existe recurso de protección, causa Rol Número 100019-2022, de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, en donde día viernes 18 de noviembre de 2022, alrededor de las 04:30 horas, de la madrugada, y por petición de Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Bio Bio, se irrumpe por Carabineros de Chile, de la Cuarta Comisaría de Hualpén, con una máquina retroexcavadora, y con su respectivo operador, y empezando a destruir 2 casas habitación en el inmueble que tiene posesión doña Violeta Del Carmen Parra Pincheira, y así las cosas, Carabineros informa que las familias que habitan las respectivas casas deben salir, por circunstancias que se procederá a un desalojo, y así las cosas se interpuso un recurso de protección, y se dictó una Orden de No Innovar, y con finalidad de no realizar actuaciones que fueran en contra y afecte el derecho de propiedad de su representada, que fue la garantía alegada en el recurso de protección, Rol Número 100019-2022 de esta Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, más aun cuando desarrollaba una actividad comercial, y que Delegada Presidencial doña Daniela Dresdener Vicencio y por petición del Servicio de Vivienda y Urbanismo, Región del Bio Bio, destruyeron con alevosía, y sin respetar ningún tipo de derecho, de propiedad, de actividad económica, inviolabilidad del hogar y de toda forma de comunicación privada, etcétera, se destruyó el local comercial, se puso término a la actividad económica que realizaba su representada, y dichos perjuicios deberán ser indemnizados en su momentos, y como corresponde en derecho. De acuerdo a lo ya expuesto, Servicio de Vivienda y Urbanismo región del Biobío, tiene pleno conocimiento de la Orden de No Innovar, decretada en causa Rol Número 100019-2022, y es muy poco claro en su redacción el recurso de protección, indica una serie de situaciones, que en ningún caso corresponde al conocimiento de un recurso de protección, y re

Fallo

por lo expuesto se pueda oficiar a Fiscalía Local de Talcahuano, para que se inicie investigación penal por delito de Desacato en contra de quienes resulten responsables con respecto a la parte recurrente, Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Biobío, debido que día viernes 13 de enero de 2023 alrededor de las 13:00 horas, fue enviado el Suboficial Mario Beltrán de la Cuarta Comisaria de Carabineros de Hualpén, ubicado en calle Alemania número 2485 de Hualpén, por orden del Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Biobío, con la finalidad de sacar a todos los ocupantes del inmueble de calle Nueva Imperial Sin Número de la comuna de Hualpén, que es domicilio de su representada, y cuando se comenzaba la referida diligencia, por coincidencia el suscrito, se encontraba en dicho inmueble, y les adjunto los recursos Rol Número 100019-2022 y Rol Número 124910-2022, que les impedía realizar dicha diligencia a Carabineros de Chile, y que había solicitado a dicha institución el Servicio de Vivienda y Urbanización Región del Biobío, y ante tal circunstancia es demasiado la constante afectación al derecho a la vida privada, la inviolabilidad del hogar, que efectúa la parte recurrente y no respetando las resoluciones judiciales que tienen conocimiento, y que ha dictado esta Ilustrísima Corte de Apelaciones de Concepción, se solicita que esta vez se envíen los antecedentes a Fiscalía Local de Talcahuano, para investigación penal por delito de Desacato, y que se pueda pedir I

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: En estos antecedentes comparece don Fabián Andrés Poblete Acuña, abogado, en representación del Serviu e interpone recurso de protección en contra de Violeta del Carmen Parra Pincheira, por haberse afectado gravemente la garantía constitucional de su representado, contemplada en el artículo 19 número 24 de la Constitución

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