SIN INFORMACION

FUENZALIDA/ESTADO CHILENO-CONSEJO DE DEFENSA

Rol

Fecha

3 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece el abogado José Ignacio Silva Ramírez, quien interpone recurso de protección a favor de don Juan Pablo Fuenzalida Hadweh, y en contra de la Subsecretaría General de Gobierno, por la dictación de la Resolución Exenta RA N° 411/2458/2022, del 25 de marzo de 2022, mediante la cual se dispone el término anticipado de su contrata, solicitando se disponga la invalidación del término anticipado de la contrata del recurrente, su reincorporación, y pago de todas las remuneraciones no percibidas durante el tiempo que dure la desvinculación, con costas. Expone que fue contratado a Honorario a Suma Alzada desde el 1 de noviembre de 2020 y hasta el 31 de diciembre de 2020, desempeñándose para cumplir labores en la División Secretaría de Comunicación y Cultura (denominada también como División Secretaría de Comunicaciones). Luego, el 01 de enero de 2021, fue contratado bajo modalidad a contrata para desempeñar las mismas funciones, con jornada de 44 horas semanales, la que fue prorrogada para el año 2022. Indica que el 30 de marzo del año 2022 recibió carta certificada, a través de la cual, se le informó que por Resolución Exenta RA Nº 411/2458/2022, del 25 de marzo de 2022, se dispuso el término anticipado de su contrata, resolución que principalmente señala que el recurrente no se encuentra beneficiado por el principio de confianza legítima, toda vez que no alcanza más de dos años en la repartición, a lo que se añade que mediante Resolución Exenta N° 272/272, de 23 de marzo del año 2022, se modificó el organigrama interno de la División de Secretaría de Comunicaciones, lo que implica la eliminación del Departamento de Diseño y Audiovisual, en el cual se desempeñaba el aludido funcionario, y que la nueva estructura de la División ha implicado la eliminación, creación y fusión de diversas unidades, variando no sólo las funciones establecidas con anterioridad, sino que también el contenido y directrices de trabajo, lo que necesa

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho en los cuales se apoya, por lo que mal puede estimarse de que se trata de un acto ilegal o arbitrario, señalando; la dictación de la Resolución Exenta N°272/272, de fecha 23 de marzo de 2022, mediante la cual se reorganizó la División de la Secretaría de Comunicaciones del Ministerio Secretaría General de Gobierno lo que implicó la eliminación del Departamento de Diseño y Audiovisual, en el cual se desempeñaba el funcionario; la carencia de confianza legítima del funcionario; entre otras consideraciones.

Fallo

Por estas consideraciones, atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Juan Pablo Fuenzalida Hadweh en contra de la Subsecretaría General de Gobierno. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-39301-2022. Pronunciada por la Novena Sala, integrada por los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señor Marisol Andrea Rojas Moya y señor Tomas Gray Gariazzo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, tres de marzo de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, tres de marzo de dos mil veintitrés. Al folio N° 42: a todo, téngase presente. Al folio N° 43: a lo principal y primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece el abogado José Ignacio Silva Ramírez, quien interpone recurso de protección a favor de don Juan Pablo Fuenzalida Hadweh, y en contra d

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