ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, SE CONFIRMA con costas, la sentencia de fecha doce de diciembre de dos mil veintidós, cuyo texto consta en la carpeta digital. Atendido lo resuelto previamente, se regulan las costas personales producidas en esta instancia en la suma de $100.000 (cien mil pesos), las que se tendrán por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día de ejecutoriado el presente fallo. Se previene que el Ministro (S) sr. Luis Olivares Apablaza, estuvo por no condenar en costas a la recurrente, por estimar la que parte recurrente ha tenido
Fundamentos
motivos plausibles...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, tres de marzo de dos mil veintitrés. Al folio 9: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, SE CONFIRMA con costas, la sentencia de fecha doce de diciembre de dos mil veintidós, cuyo texto consta en la carpeta digital. Atendido lo resuelto previamente, se regulan las costas personales producidas en esta instancia en la suma de
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