MP C/ NN
Rol
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1° Que en la presente causa, ingreso penal de esta Corte, Rol N° 257-2023, la defensa de los imputados Alejandra Gabriela Parra Sáez y Héctor Edgardo Parra Sáez, se ha alzado en contra la de la resolución de 23 de febrero de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Cañete decreta la medida cautelar personal de prisión preventiva para ambos encausados. 2° Que los imputados en esta causa se encuentran formalizados por el delito frustrado de Homicidio simple del artículo 391 N° 2 del Código Penal, en relación a hechos acontecidos el día 13 de abril de 2021. Además, la imputada Alejandra Parra Sáez ha sido formalizada por los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego y usurpación de inmueble. 3° Que de los antecedentes de la causa y con los argumentos aportados por los intervinientes en estrados, es posible constatar que en la especie se encuentra debidamente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, existiendo además elementos idóneos para presumir fundadamente la participación penal de ambos encausados, tales como parte policial, informes policiales, datos de atención de urgencia en CESFAM de Quidico, arma de fuego incautada en el lugar en que la imputada se encontraba habitando y declaración de la víctima, todo lo cual da cuenta de la agresión y dinámica de los hechos por los cuales han sido formalizados, con lo que en esta primigenia etapa procesal, se encuentran debidamente establecidos los presupuestos contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que en relación a la necesidad de cautela, exigida por la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos; el actuar en grupo o pandilla; la gravedad de la pena asignada por la ley a los delitos por los que se ha formalizado; y que los argumentos aportados por la defensa en estrados no resultan plausibles, por ahora, para amagar
Fundamentos
fundamentos tenidos a la vista al decretar la medida cautelar impugnada, siendo sus alegaciones, en cuanto a cuestionar la concurrencia de la totalidad de los requisitos exigidos al efecto por el artículo 140 del Código Procesal Penal y a eventuales modificatorias de responsabilidad penal concurrentes, planteamientos que, atendida la etapa procesal de la causa, exigen para su plausibilidad de más y mejores elementos de convicción, con lo que no cabe sino concluir que la libertad personal de Alejandra Parra Sáez y Héctor Parra Sáez, constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual es procedente la prisión preventiva, de modo que cabe confirmar la resolución judicial que así lo dispone.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintitrés de febrero pasado, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Cañete, que impuso la medida cautelar personal de prisión preventiva a los imputados Alejandra Gabriela Parra Sáez y Héctor Edgardo Parra Sáez. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-257-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CAS/shp Concepción, tres de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: 1° Que en la presente causa, ingreso penal de esta Corte, Rol N° 257-2023, la defensa de los imputados Alejandra Gabriela Parra Sáez y Héctor Edgardo Parra Sáez, se ha alzado en contra la de la resolución de 23 de febrero de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Cañete decreta la medida cautelar per
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica