SIN INFORMACION

RODRÍGUEZ/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, DEPENDIENTE DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBL

Rol

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

FALLO / ACOGE

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Hechos

VISTOS: La comparecencia del abogado Sergio Aburto Mayorga, en representación de Alejandro Manuel Rodríguez Segón, de nacionalidad cubana, cédula de identidad N°27.273.231-0, domiciliado en calle Punta Arenas N°2468, Calama, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo se decrete que la recurrida ordene a un funcionario del Servicio, revisar en qué estado de análisis está la solicitud de permanencia Definitiva, evacuando el informe correspondiente. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de una omisión ilegal y arbitraria, consistente en no dar respuesta satisfactoria respecto de la solicitud de permanencia definitiva presentada con fecha 8 de marzo de 2021 por el recurrente, vulnerando con ello la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República y los principios de celeridad y de economía procedimental contenidos en la Ley N° 19.880. Señala que la recurrente ingresó regularmente al país como turista, luego cambió su condición migratoria a residente por visa temporaria otorgada vigente hasta el 20 de marzo de 2021, por que comenzó a trabajar como médico veterinario. Añade que el 8 de marzo de 2021 presentó solicitud de visa de residente definitivo, acompañando toda la documentación fundante, extendiéndosele el comprobante de solicitud N°20264799 pero desde esa fecha no ha recibido ninguna notificación de algún trámite por parte de la recurrida, desconociendo si la documentación acompañada está completa o no, o si debe subsanar algún error, situación que lo tiene estresado. Por lo anterior, pide se decrete que la recurrida ordene a un funcionario del Servicio, revisar en qué estado de análisis está la solicitud de permanencia Definitiva, evacuando el informe correspondiente, acompañando todos los antecedentes que digan relación con el caso, especialmente la orden de pago del beneficio asociado a la solicitud, si es que ésta se encontrara ya emitida. SEGUNDO: Que informó el abogado Carlos Salas Arriagada, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar el derecho invocado por el recurrente. Indica que el recurrente Alejandro Manuel Rodríguez Segón, ciudadano nacional de Cuba, ingresó por primera vez al país, con fecha 06 de Febrero de 2020, por el Aeropuerto Arturo Merino Benítez y con fecha 08 de Marzo de 2021, solicitó ante esa autoridad el beneficio de la residencia definitiva, solicitud que se encuentra en trámite, en etapa de análisis I. Destaca que el recurrente mantiene situación regular migratoria en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste, por lo que no existe actualmente una conducta que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos protegidos por la acción de protección, siendo su cédula de identidad vigente, además del certificado de residencia en trámite; un documento suficiente para acreditar su situación migratoria regular. Asimismo, argumentó que de conformidad al artículo 27 de la Ley N° 19.880 – si bien el plazo de tramitación de los procedimientos administrativos es de seis meses - debe considerarse la existencia de caso fortuito o fuerza mayor, como es el caso del aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país,

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por el abogado Sergio Aburto Mayorga, en favor de Alejandro Manuel Rodríguez Segón, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a la solicitud del recurrente. Regístrese y comuníquese. Rol 474-2023 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a dos de marzo de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia del abogado Sergio Aburto Mayorga, en representación de Alejandro Manuel Rodríguez Segón, de nacionalidad cubana, cédula de identidad N°27.273.231-0, domiciliado en calle Punta Arenas N°2468, Calama, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interi

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