SIN INFORMACION

ZAMORANO JARA RAUL IVAN/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - SERVICIO DE REGISTRO CIVIL E IDENTIFICACIÓN - POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - 3° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece Carla Daniela Hermosilla Órdenes, en favor de Raúl Iván Zamorano Jara, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación y la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto que considera ilegal consistente en la negativa a emitir un nuevo pasaporte al recurrente, lo que vulneraría la garantía fundamental consagrada en el artículo 19 N° 7 letra a) de la Constitución Política de la República. Expone que emigró desde Chile a Nueva Zelanda en diciembre de 2019, país en el que reside actualmente. Con el objeto de tener su documentación al día, solicitó la renovación de su pasaporte ante el Consulado General de Chile en Wellington, Nueva Zelanda. Indica que el 19 de diciembre de 2020, se le informó por dicho consulado que la Policía de Investigaciones había impedido la emisión del respectivo pasaporte, lo anterior pese no tener antecedentes penales y sin recibir mayores fundamentos al respecto. Alega que actualmente se encuentra impedido de ingresar a Chile o cualquier otro país ante la carencia de pasaporte, lo que afecta su libertad ambulatoria. Solicita, en definitiva, se ordene a los organismos correspondientes que confieran el pasaporte y le permitan reingresar al territorio nacional al amparado, adoptando las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al afectado. Segundo: Que, Informando, la Dirección de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior indica que el recurrente presenta un impedimento de la Policía de Investigaciones de Chile, actualizado el 17 de mayo de 2022. Luego, indica que los respectivos consulados en esta materia solo actúan como intermediarios para la obtención del respectivo pasaporte ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, siendo dicha institución la que en definitiva otorga o no el pasaporte. Tercero: Que, informando, el Departamento de Asesoría Técnica de la Policía de Investigaciones, indica que el amparado registra arraigo judicial vigente, decretado el 14 de julio de 2020, por el 3° Juzgado de Familia de Santiago, en causa de alimentos; y no registra orden de aprehensión, ni arrestos vigentes en su contra. Cuarto: Que, informando, la Subdirección Jurídica del Servicio de Registro Civil e Identificación, señala que, requerida la pertinente información a la Policía de Investigaciones previo al otorgamiento del pasaporte solicitado, dicha institución indicó que el amparado mantiene impedimentos policiales para otorgarle pasaporte. Por otro lado, indica que, en su extracto de filiación y antecedentes, no registra anotaciones en el registro general de condenas. También señala que en el catastro de órdenes de aprehensiones o contra órdenes de detención a cargo del Servicio de Registro Civil e Identificación, no registra órdenes de detenciones o aprehensiones vigentes. Por otra parte, plantea que

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge la acción constitucional de amparo deducida en favor de don Raúl Iván Zamorano Jara, sólo en cuanto, se dispone que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de su Consulado en Wellington, otorgue un salvoconducto u otra clase de permiso, dentro del plazo de 30 días hábiles, para el solo efecto que este puede ingresar al país. Regístrese y comuníquese. Amparo N° 391-2023.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. Santiago, dos de marzo de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Que comparece Carla Daniela Hermosilla Órdenes, en favor de Raúl Iván Zamorano Jara, e interpone acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Servicio Nacional de Registro Civil e Identificación y la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto que considera

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