TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE ARICA

MIN. PUBLICO ARICA C/ IVAN JOSUE ROJAS CAMPUSANO

Rol

Fecha

2 de marzo de 2023

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende que los sentenciadores, por expreso mandato del artículo 48 de Código Procesal Penal, procedieron a condenar en costas al ente persecutor de la acción penal, al haber mediado una decisión absolutoria en favor del encartado, no habiendo hecho uso de la facultad que le concede la parte final de la misma norma legal, y para lo cual se encontraban habilitados, toda vez que una fundamentación más exigente resultaba necesaria, en caso de exención de dicha imposición, tal como se expresa en la mencionada disposición legal, razones por las cuales SE CONFIRMA, en lo apelado, la sentencia dictada en audiencia de seis de febrero del año en curso, en la causa RIT 325-2022, RUC N° 2100808962-8 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Pablo Zavala Fernández, quien estuvo por revocar la sentencia apelada, por estimar que en la especie, regía necesariamente el mandato que establece el artículo 36 del Código Adjetivo Penal, en cuanto a la necesidad de fundamentar la decisión de condena en costas, sin embargo, al leer el acápite referido a la decisión en comento, se advierte que aquella resulta vacua, no pormenorizándose mayormente, la decisión en comento, lo cual para el disidente resultaba necesario, toda vez que los

Fundamentos

fundamentos de la decisión absolutoria se basaban en supuestas ilegalidades del procedimiento policial, lo cual supuestamente habría originado la condena en costas –lo cual en todo caso no se señala como se ha referido- sin embargo, aquello contrasta con la circunstancia que en la audiencia de preparación de juicio oral la prueba reprochada por los jueces, no fue excluida por ilegalidad, no habiéndose peticionado por la defensa dicha exclusión, todo lo cual hacía necesario y urgente una explicación del porqué se estaba condenando en costas al ente persecutor de la acción penal lo cual no ha acaecido en la especie. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 111-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.

Texto Completo (Preview)

Corte de Apelaciones de Arica. En Arica, a dos de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol: 111-2023 Penal Ruc: 2100808962-8 RIT: 325-2022 Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica Integrantes: Ministros señora Claudia Arenas González y señor Pablo Zavala Fernández y la Abogada Integrante señora Sandra Negretti Castro. Relator (a): Patricia Díaz Donoso Digitador (a):

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