RECURRENTE:JUAN MANUEL SANDOVAL ANDRADE RECURRIDO:VLADIMIR RODRIGO MENESES ARCE
Rol
Fecha
2 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Que, de la narración de hechos contenida en el recurso, no aparecen actos arbitrarios o ilegales que puedan ser atacados por la vía extraordinaria que contempla la acción cautelar prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, sino que se evidencia una reclamación que excede del ámbito de la presente acción, al tratarse de materias objeto de acciones de carácter jurisdiccional en procedimientos de lato conocimiento cuya tramitación corresponde a Juzgados con competencia en materias civiles, tal como consta de la tramitación de la causa Rol C-251-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Peralillo, que se ventila entre las mismas partes, por lo cual no es posible resolver la controversia esbozada en esta acción de carácter extraordinaria. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible la acción cautelar deducida en autos. Regístrese y notifíquese. Rol Corte 633-2023. Protección
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el N° 2 del Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible la acción cautelar deducida en autos. Regístrese y notifíquese. Rol Corte 633-2023. Protección
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, dos de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Que, de la narración de hechos contenida en el recurso, no aparecen actos arbitrarios o ilegales que puedan ser atacados por la vía extraordinaria que contempla la acción cautelar prevista en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, sino que se evidencia una reclamación que excede del ámbito de la presente a
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