JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ MARCELA PAULINA MENESES SILVA (QTE. DENISSE PAULINA ALVAREZ PASMINO Y SERGIO IBARRA TOLEDO)

Rol

Fecha

1 de marzo de 2023

Materia

CUASIDELITO DE LESIONES: CODIGO AGRUPADOR (00902, 00903 Y 00904) ART 490 Y 494, 490, 491 Y 492.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo únicamente presente 1° Que, conforme se dispone en el artículo 247 inciso 5° del Código Procesal Penal a petición del Ministerio Público en el caso que transcurra el plazo de 10 días desde el cierre de la investigación, “el juez fijará un plazo máximo de dos días para que el fiscal deduzca la acusación, dando cuenta de inmediato de ello al fiscal regional.” 2° Agrega dicho inciso que: “Transcurrido dicho plazo, el juez, de oficio o a petición de cualquiera de los intervinientes, sin que se hubiere deducido la acusación, en audiencia citada al efecto dictará sobreseimiento definitivo. En este caso, informará de ello al fiscal regional a fin de que éste aplique las sanciones disciplinarias correspondientes.”. 3° Consecuencialmente el plazo de ampliación aludido es uno de carácter judicial que fue otorgado por el tribunal “para efectos de deduzca acusación en contra de la referida...” (sic) de lo que sigue que aquel término lo fue específicamente para el solo efecto de deducir acusación por el ente persecutor debiendo estarse a esta determinación, sin que corresponda hacer una interpretación en otro sentido. 4° Que, a mayor abundamiento, el Ministerio Público no impugno oportunamente el plazo judicial concedido únicamente para acusar, de suerte tal que, transcurrido dicho término, precluyó su derecho sin que corresponda en esta fase acudir a una interpretación extensiva del artículo 248 del Código Procesal Penal en las hipótesis de sus letras a) y c). Y habiéndose producido el evento referido en la segunda parte del citado artículo 247, es menester ratificar la decisión del Tribuna a quo en orden a sobreseer definitivamente la causa. Y conforme además, a lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada en audiencia de veintisiete de diciembre de dos mil veintidós, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto. Comuníquese y devuélvase. Rol N° 3649-2022-Penal

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San Miguel, uno de marzo de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 3649-2022-penal Ruc: 2010040925-K Rit: 9554-2020 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Mauricio Vergara Toro Ministerio Público: Fabiola Lizama Díaz Defensor: Gustavo Vásquez Acevedo Imputado: MARCELA PAULINA MENESES SILVA Escritos proveídos en audiencia: folios 19 Y 20 San Miguel, uno de marzo de dos mil veinti

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