C/ FRANCISCO JAVIER PEREZ SALGADO
Rol
58-2022
Fecha
19 de enero de 2022
Materia
Reforma
Resultado
DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE
Hechos
Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Francisco Pérez Salgado, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, por la cual fue condenado como autor de los delitos de lesiones graves y delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta a la autoridad de todo accidente, descrito y sancionado en el artículo 195 inciso segundo de la Ley del Tránsito Nº18.290, 2.- Que se ha invocado como causal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por la afectación al debido proceso en atención a que se arribó a una condena con la sola declaración de la víctima y los funcionarios policiales. 3.- Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando se declarara inadmisible la causal del artículo 373 a), por no señalar en la forma que la que ésta se han interpuesto en relación a la causal del artículo 374 e), esto es, en forma subsidiaria o conjunta y también porque no se han fundado por separado. 4.- Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de una deficiencia en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 342 letra e), y aún cuando se ha señalado como infracción de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al escrito folio 2664-2022: este se a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 58-22.
Fallo
se declarara inadmisible la causal del artículo 373 a), por no señalar en la forma que la que ésta se han interpuesto en relación a la causal del artículo 374 e), esto es, en forma subsidiaria o conjunta y también porque no se han fundado por separado. 4.- Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de una deficiencia en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 342 letra e), y aún cuando se ha señalado como infracción de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Al escrito folio 2664-2022: este se a lo resuelto. Regístrese y remítase. Rol N° 58-22.
Texto Completo (Preview)
Santiago, diecinueve de enero dos mil veintidós. Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Francisco Pérez Salgado, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, por la cual fue condenado como autor de los delitos de lesiones graves y delito de incumplimiento de la obligación de detener la marcha, prestar la ayuda posible y dar cuenta
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