TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA

MP C/ NICOLAS IGNACIO RAMIREZ CARRASCO

Rol

95972-2021

Fecha

19 de enero de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Nicolás Ramírez Carrasco, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Rancagua, por la cual fue condenado como autor de los delitos de robo de cosas que se encuentran en bien nacional de uso público y receptación. 2.- Que se ha invocado como causal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por la afectación al debido proceso, la afectación al tribunal imparcial y vulneración al derecho de defensa, pues se dictó una condena por delitos consumados en circunstancias que se había acusado por dos delitos frustrados, sin advertir de recalificación alguna y aplicando una superior a la solicitada por el ente persecutor. 3.- Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando se remita el líbelo a la Corte de Apelaciones respectiva por corresponderle el conocimiento por entender que lo alegado constituye la causal de nulidad del artículo 374 letra f). 4.- Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de la supuesta comisión de una infracción a lo prevenido finalmente en el artículo 341 del Código Procesal Penal, y aún cuando se ha señalado que sería constitutiva de violación de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo que habrá de ser reconducida. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Rancagua para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 95972-21.

Fallo

fallo de primera instancia, en realidad se trataría de la supuesta comisión de una infracción a lo prevenido finalmente en el artículo 341 del Código Procesal Penal, y aún cuando se ha señalado que sería constitutiva de violación de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra f) del Código Procesal Penal, por lo que habrá de ser reconducida. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Rancagua para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 95972-21.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecinueve de enero dos mil veintidós Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Nicolás Ramírez Carrasco, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Rancagua, por la cual fue condenado como autor de los delitos de robo de cosas que se encuentran en bien nacional de uso público y receptación. 2.- Que se ha invocado como causal la del artículo 373 le

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica