MP TCO C/ MANUEL IVAN QUIDEL CURILEF
Rol
Fecha
1 de marzo de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes esta Corte estima que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado y que, no obstante el transcurso del tiempo por sí solo no tiene el mérito de hacer variar tales circunstancias, teniendo en cuanta la naturaleza del delito por el cuan se ha formalizado, la imposibilidad, ante una eventual condena, de acceder a una pena sustitutiva a la privativa de libertad y el hecho de que al momento de la ejecución del ilícito por el cual se encuentra actualmente formalizado el imputado se encontraba cumpliendo una medida cautelar, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha veintiuno de febrero de dos mil veintitrés, que mantuvo la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado MANUEL QUIDEL CURILEF. Decisión acordada contra el voto del ministro Sr. Carlos Gutiérrez Zavala, quien fue del parecer de revocar la resolución apelada y sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por la prevista en la letra a) del artículo 155 del Código Procesal Penal, por estimar que la necesidad de cautela y los fines del procedimiento se satisface con medidas de menor intensidad,
Fundamentos
considerando para ello las dudas existente respecto a las especies objeto de la sustracción y la circunstancias de los hechos formalizados, conforme lo expuesto por la defensa, además de no haberse realizado las diligencias tendientes a la ubicación de las mismas, por lo que estima, que la medida cautelar de arresto domiciliario es proporcional y adecuada a los antecedentes que obras en la causa. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. N°Penal-195-2023. (sac)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, uno de marzo de dos mil veintitrés. Al folio 4 y 5: A lo principal y otrosí: téngase presente. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes esta Corte estima que no han variado las circunstancias tenidas en consideración al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado y que, no obstante el transcurso del tiempo por sí solo no tiene el
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica