LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
1 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Julie Chery, haitiana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria, conculcatoria de los derechos consagrados en el numeral 2 del artículo 19 de la Carta Fundamental, que importaría la falta de pronunciamiento de la recurrida sobre la solicitud de nacionalización hecha por la recurrente, según explica. Refiere que atendida la falta de información sobre su solicitud de nacionalización, el 20 de octubre de 2022 la recurrente ingresó una solicitud de información ante el Consejo para la Transparencia, organismo que le contestó remitiéndola a una página web para averiguar sobre requisitos para pedir la nacionalización. Afirma que la falta de información le ha impedido obtener la referida nacionalización. Solicita que esta Corte, restableciendo el imperio del derecho, ordene a la recurrida el pronunciamiento de rigor. Estima que esta omisión en el pronunciamiento infringe el principio de celeridad de los órganos de la administración del estado previsto en los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880, y con ello la garantía fundamental consagrada en los numerales 1 y 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Acompaña documentos al recurso. A folio 11, luego de certificado que el recurrido no evacuó informe dentro de plazo legal, se ordenó traer los autos en relación. A folio 13, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción, por cuanto no existe registro de solicitud de nacionalización alguna por parte de la recurrente, la que tampoco adjunta comprobante de dicha solicitud. Agrega que la actora cuenta con permanencia definitiva, por lo que tiene una situación migratoria regular en el país. Concluye que su parte no ha incurrido en ilegalidad alguna y que no se han afectado los derechos fundamentales de la actora. Con lo rela
Fundamentos
considerando: Primero: Que, se solicita por la recurrente la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de nacionalización presentada por aquélla. Segundo: Que, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la recurrente no ha ingresado solicitud de nacionalización, por lo que su parte no ha incurrido en ilegalidad alguna. Tercero: Que, teniendo presente lo informado por la recurrida, los contradictorios términos en que fue presentado este recurso, y la falta de antecedentes que debía aportar la actora, quien no señala la fecha en la que habría realizado su solicitud de nacionalización, no se ha logrado acreditar el supuesto de hecho en que sustenta el presente arbitrio cual es, que exista una petición de nacionalización por parte de Julie Chery y que esté pendiente de resolver, lo que lleva al rechazo del presente recurso. Cuarto: Que, al contrario, confirma la inexistencia de tal petición la solicitud que hiciera ante el Consejo para la Transparencia, en que pidió que le hicieran llegar la mayor cantidad de documentación e información, con el objetivo de tramitar su solicitud de nacionalización, es decir, no denunció una solicitud pendiente, sino más bien requirió información para poder pedirla en el futuro, razón por la cual la respuesta del Consejo para la Transparencia fue precisamente, indicarle que ello debía revisarlo en la página web del Servicio de Migraciones.
Fallo
Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección deducido por Julie Chery, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-197-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de marzo de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado, quien recurre de protección a favor de Julie Chery, haitiana, con domicilio en Viña del Mar, Región de Valparaíso, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria, conculcatoria de los derechos consagrados en el numeral 2 del artículo
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