BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/MINA
Rol
Fecha
1 de marzo de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: Primero: Que a folio N°25, con fecha 11 de mayo del año en curso, comparece el ejecutado interponiendo incidente de abandono del procedimiento, fundado en que la ejecutante no ha realizado ninguna gestión útil en el procedimiento desde que se dictó resolución que recibe la causa a prueba, lo cual ocurrió el 16 de abril de 2021. Segundo: Que a folio N° 5, del cuaderno incidental con fecha 10 de junio del año en curso, el tribunal tuvo por notificado y evacuado el traslado conferido a la ejecutante, quien hace presente que la solicitud de abandono de procedimiento es ambigua, ya que el incidentista no singulariza el año de las presentaciones que invoca. Asimismo, señala con fecha 12 de octubre de 2021, se tuvo al incidentista por incurso en el apercibimiento del artículo 48 del Código de Procedimiento Civil y por lo tanto, por notificado del auto de prueba, con lo cual comenzó a correr el término probatorio, el que finalizó el día 26 de Octubre del año 2021, siendo luego de carga del tribunal citar a las partes a oír sentencia. Tercero: Que la resolución que recibió las excepciones a prueba data del 16 de abril de 2021, y fue notificada a la parte ejecutante, mediante resolución del día 20 del mismo mes y año. Posteriormente, resolviendo la petición del ejecutante de folio 22, el 12 de octubre de 2021 el tribunal dictó la resolución: “Como se pide, y no habiendo cumplido la ejecutada con la designación del domicilio correspondiente, se le tiene por incursa en el apercibimiento de fecha 28 de julio de 2021, folio N°21, debiendo notificársele la presente resolución y las que se dicten a futuro, solo por su inclusión en el estado diario” Cuarto: Que, del tenor de la resolución recién transcrita se advierte que, a diferencia de lo considerado por la juez a quo, el ejecutado no fue notificado de la resolución que recibe las excepciones a prueba, pues la referida resolución indica que se notificarán por el estado diario solo “la presente resolución y las que se d
Fallo
se declara abandonado el procedimiento. Regístrese, notifíquese, comuníquese y devuélvase, en su oportunidad. N°Civil-2025-2022.
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de marzo de dos mil veintitrés. VISTO: Primero: Que a folio N°25, con fecha 11 de mayo del año en curso, comparece el ejecutado interponiendo incidente de abandono del procedimiento, fundado en que la ejecutante no ha realizado ninguna gestión útil en el procedimiento desde que se dictó resolución que recibe la causa a prueba, lo cual ocurrió el 16 de abril
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