DOR/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA
Rol
Fecha
1 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de doña Rosimene Dor, haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Las Canteras #700, comuna de El Bosque, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de residencia definitiva solicitada el 6 de diciembre de 2020, lo que califica como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de residencia definitiva de la recurrente. Segundo: Que informó doña Valentina Gómez Baltán, abogada del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indica que el 6 de diciembre del 2020 la recurrente solicitó su permanencia definitiva, petición que conforme Resolución Exenta N° 21378048 de 8 de diciembre de 2021, se encuentra en la etapa de “Evaluación intermedia”, lo que incluye a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización –si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, sobre la existencia o no de antecedentes delictuales; y b) la evaluació
Texto Completo (Preview)
San Miguel, uno de marzo de dos mil veintitrés. Al escrito folio 10: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, quien en favor de doña Rosimene Dor, haitiana, ambos domiciliados para estos efectos en Las Canteras #700, comuna de El Bosque, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migr
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