ANONIMIZADO
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada es aquella que rechaza la objeción de liquidación que fuere practicada el 6 de diciembre de 2022, siendo inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 14.908, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación deducido por el demandado en contra de la resolución de fecha cinco de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Concepción en sus autos RIT Z-992-2022. Devuélvase. Redacción del ministro titular Gonzalo Rojas Monje. N°Familia-103-2023.
Fallo
se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apelación deducido por el demandado en contra de la resolución de fecha cinco de enero de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Familia de Concepción en sus autos RIT Z-992-2022. Devuélvase. Redacción del ministro titular Gonzalo Rojas Monje. N°Familia-103-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción xsr Concepción, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo que la resolución impugnada es aquella que rechaza la objeción de liquidación que fuere practicada el 6 de diciembre de 2022, siendo inapelable según lo dispuesto en el artículo 12 de la ley 14.908, se declara INADMISIBLE, por improcedente, el recurso de apela
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