PROSPERE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
3 de marzo de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 5 de enero de 2023 se recurre de protección en favor del ciudadano haitiano Evins Prospere contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó el 18 de julio de 2020, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Con fecha 27 de febrero de 2023 la recurrida informó que la solicitud está en etapa de completar antecedentes desde el 29 de julio de 2022, día en que se emitió el oficio código de trámite N° 7647253, encontrándose el impulso del procedimiento de cargo del interesado. Con fecha 2 de marzo de 2023 la parte recurrente acompañó comprobante de pago de derechos de agosto de 2022 y certificado de antecedentes penales, con lo cual, afirmó, se ha dado cumplimiento a la etapa de tramitación referida por la recurrida. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que, del mérito de los antecedentes y particularmente de los documentos acompañados por la recurrente, se advierte que el procedimiento para la obtención de su permanencia definitiva se encuentra en trámite, existiendo una dilación excesiva en su tramitación si se atiende a su fecha de inicio y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal y arbitraria que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando su garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Evins Prospere y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-228-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, tres de marzo de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 5 de enero de 2023 se recurre de protección en favor del ciudadano haitiano Evins Prospere contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva que solicitó el 18 de julio de 2020, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la le
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