ZÚÑIGA/SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: A lo principal: Teniendo presente: PRIMERO: Que a fojas 1 comparece el abogado don Cristóbal Zúñiga Lavín, interponiendo recurso de amparo económico en favor de doña Ximena de Lourdes Carrasco Tardon, funda su acción señalando que con falta o abuso, el Servicio de Impuestos Internos impide el desarrollo de la actividad económica ya iniciada por su representada, aduciendo una deuda de más de cinco años que, según dice, no estaría registrada ni pendiente en la Tesorería General de la Republica. Solicita a este Tribunal de alzada ordene al Servicio de Impuestos Internos y a la Tesorería General de la Republica, aclare su situación que le impide registrarse como contribuyente, o derechamente ordene dejar sin efecto las contribuciones que se dicen adeudadas. SEGUNDO: Que el artículo único de ley N° 18.971 contempla una acción popular, que trasunta el designio del legislador en orden a amparar por su intermedio el derecho a la libertad económica no en cuanto a transgresiones a la misma que afecten en general a los individuos particulares en su interés personal, sino cuando tales vulneraciones provengan de la actividad empresarial del Estado quebrantando las normas de Orden Público Económico consagradas en el artículo 19 N° 21 inciso 2° de la Constitución Política. TERCERO: Que así las cosas, del relato de los hechos que se denuncian a través del presente recurso, resulta patente que los mismos no cumplen con la garantía establecida en el numeral 21 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, que se encuentra cautelada por el recurso especial contemplado en la Ley 18.971; motivo por el cual la presente acción deberá ser declarada inadmisible. Además, el conflicto planteado dice relación con la existencia o inexistencia de una eventual deuda fiscal que la recurrente registraría en el Servicio de Impuestos Internos y que impediría otorgarle las autorizaciones tributarias para desarrollar su emprendimiento, siendo aquello un asunto de lato conocimie
Fallo
se declara INADMISIBLE el Recurso de Amparo Económico deducido a fojas uno por don Cristóbal Zúñiga Lavín, en favor de doña Ximena de Lourdes Carrasco Tardon. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Téngase presente. Regístrese. Rol N° Amparo-29-2023 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A lo principal: Teniendo presente: PRIMERO: Que a fojas 1 comparece el abogado don Cristóbal Zúñiga Lavín, interponiendo recurso de amparo económico en favor de doña Ximena de Lourdes Carrasco Tardon, funda su acción señalando que con falta o abuso, el Servicio de Impuestos Internos impide el desarrollo de la actividad eco
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