AGRICOLA FRUTOS DEL MAIPO LIMITADA (ALBERTO GONZALEZ VIDAL) CON TESORERIA PROVINCIAL DEL MAIPO
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Alberto González Vidal, abogado, en representación de Agrícola Frutos del Maipo Limitada (hoy Watt’s S.A.), demandada en autos administrativos sobre cobro ejecutivo de impuestos Rol 10091-2022 San Bernardo, de la Tesorería Provincial del Maipo, para interponer recurso de hecho en contra de la resolución de 28 de noviembre de 2022, notificada el 7 de diciembre de 2022, que denegó el recurso de apelación subsidiario interpuesto el 15 de noviembre de 2022 en contra de la resolución de 4 de noviembre de 2022. Explica que en el proceso se trabó embargo por la suma de $378.482.853, la que fue depositada en junio de 2019 en la Tesorería General de la República y que la recurrida el 29 de agosto de 2022 ordenó que se devolvieran los fondos embargados debidamente reajustados al recurrente. Sin embargo, sostiene que el pasado 4 de noviembre, a instancia de la División Jurídica de la Tesorería General de la República, la recurrida anuló de oficio la resolución de 29 de agosto de 2022, ordenando que la devolución de los dineros embargados, lo fuera sin los reajustes correspondientes, siendo aquella notificada el 9 de noviembre de 2022. Explica que en contra de esa resolución dedujo recurso de reposición y apelación subsidiaria el 15 de noviembre de 2022, declarando el tribunal improcedente la apelación deducida por resolución de 28 de noviembre de 2022, cuestión que estima errada, ya que la resolución impugnada alteró la normal substanciación del procedimiento, o que recayó sobre un trámite no expresamente ordenado por la ley, siendo susceptible la resolución de ser impugnada a través de la apelación deducida en su contra. Señala que el recurso de apelación es procedente en contra de las resoluciones del Tesorero Juez Sustanciador, quien ejerce una actividad jurisdiccional, y agrega que en la especie resultan aplicables las disposiciones comunes a todo procedimiento del Código de Procedimiento Civil, de conformidad a lo
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CERTIFICO: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de hecho el abogado don Cristóbal Ipinza Mursell. San Miguel, 28 de febrero de 2023. Florencia Sáez Bugmann, Relatora. San Miguel, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. Resolviendo el tercer otrosí de folio 1 y folio 15: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece don Alberto González Vidal, aboga
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