VALVERDE/OPAZO
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
OTROS ORDINARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO: se reproduce la sentencia en alzada, a excepción de los
Fundamentos
considerandos sexto a décimo que se eliminan, Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado don Willi Hernández Orellana, en representación de doña Isabel del Rosario Valverde Sánchez interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha 13 de abril del año 2022 dictada en la causa rol C- 1299-2019 del Segundo Juzgado de Letras de Linares, por la que se rechaza la demanda de declaración de indignidad para suceder dirigida en contra de Massiel de las Mercedes Opazo Valdes y de don Mario Antonio Opazo Valdés, respecto del causante don José Valverde Sánchez. La sentencia indicaba rechazó la demanda señalando que no se pudo comprobar que los herederos, que son los demandados, obtuvieron las disposiciones testamentarias con dolo. El recurrente indica que los demandados que son hijos de Lucía Valdés González, junto a esta comenzaron a acercarse a José Valverde Sánchez, visitándolo constantemente tratando de ganar su confianza y aprecio, con la intención de obtener que éste les otorgará un testamento en su favor, prometiendo cuidarlo y acompañarlo hasta sus últimos días, logrando así que don José Valverde mediante testamento suscrito en la Notaría Pública de San Javier el 5 de noviembre de 2013 favoreciera a los demandados en la mitad legitimaria, cuarta de mejoras y cuarta libre disposición, dejándose establecido que el único bien constitutivo de la herencia era el inmueble en el Conjunto Las Acacias, en la comuna de Yerbas Buenas. Señala que una vez firmado el testamento, los demandados cambiaron totalmente su actitud, dejándolo completamente abandonado, pero además en las oportunidad que iban a la propiedad del testador lo era exclusivamente para maltratarlo, habiéndose constatado incluso agresiones en su contra. Lo que generó una denuncia por parte de la demandante, doña Isabel del Rosario Valverde Sánchez, hermana del testador, la que se conoció bajo el RIT. 697-2018 del Juzgado de Garantía de Linares, por los delitos de amenazas simple contra personas y propiedades, en contra de los dos demandados y su madre, acta acompañada al folio 67; a raíz de ello quiso dejar sin efecto al testamento, pero no lo hizo en concreto, continuaron las agresiones, malas palabras y apremios en su contra, hasta que este testador finalmente se suicidó el día 18 de mayo de 2018. Indica que todo lo expresado fue acreditado tanto con la prueba testimonial de 3 testigos contestes, como también con el acta de la audiencia de formalización ante el Juzgado de Garantía, donde además se impuso la medida cautelar de prohibición de acercarse al testador a los aquí demandados. Solicitan en definitiva qué se revoque el
Fallo
fallo que negó la demanda bajo el fundamento de no haberse podido probar que los herederos hayan obtenido a las disposiciones testamentarias con dolo, y se declare que se acoge este libelo, declarando la indignidad para suceder de los demandados, dejando sin efecto el testamento otorgado por el causante, como todos los actos posteriores que digan relación con el testamento o con la herencia del causante, todo ello con costas. SEGUNDO: Qué, con la prueba rendida en autos y valorada legalmente, puede establecerse y tener por acreditada las siguientes circunstancias, en primer lugar, que los demandados fueron designados en la calidad de herederos bajo la condición de cuidar al causante hasta que éste falleciera, y que sin embargo, los herederos demandados, maltrataban al causante con malos tratos físicos y psicológicos. Ello consta especialmente de la declaración de los 3 testigos que declararon en el juicio más lo consignado en la acta de audiencia de formalización en la causa señalada ante el Juzgado de Garantía de Linares. Que la parte demandante rindió prueba diversa, entre la que se cuenta la acompañada en el folio 67, referida al acta de la audiencia de formalización de la investigación por el delito de amenazas simple contra personas y propiedades dirigida contra los demandados, donde además se dispuso una orden de alejamiento de los mismos, como de su madre, respecto de don José Valverde. Que esta resolución judicial fue evidentemente incumplida, lo que es corroborado
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Talca, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTO: se reproduce la sentencia en alzada, a excepción de los considerandos sexto a décimo que se eliminan, Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el abogado don Willi Hernández Orellana, en representación de doña Isabel del Rosario Valverde Sánchez interpone recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva de fecha 13 de abril del año 2022 dic
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