MARTIN/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Con fecha 31 de octubre de 2022, comparece el abogado Sergio Aburto Mayorga, en favor de ROXANA MARTÍN PÉREZ, ciudadana cubana, cédula de identidad N° 27.496.853-2, domiciliado en Río Claro N° 031, comuna de Doñihue, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la imposibilidad de subsanar la documentación requerida en su solicitud de regularización extraordinaria. Funda su recurso, en que la recurrente llega al país en junio de 2019, tras lo cual consigue visa de trabajo hasta agosto de 2021, tras lo cual, el 9 de septiembre de 2021 encontrándose irregular, se inscribe en el procedimiento de regularización extraordinaria del artículo 8° transitorio de la ley 21.325 desistiéndose de otros trámites previos en materia migratoria. Desde ello, no tuvo noticias hasta que el 22 de septiembre de 2022 mediante resolución que señala que su solicitud está incompleta pues, su certificado de antecedentes del país de origen no estaba legalizado, debiendo presentar un certificado debidamente legalizado correspondiente a la nacionalidad declarada en el pasaporte con el cual postuló al proceso de regularización del año 2021, ello en un plazo de sesenta días lo que estima imposible de conseguir atendida la situación en su país de origen, que implica que recién en 50 días podrá extenderse el documento en Cuba, a lo que se debe sumar el periodo de envío. Señala que viajó a la oficina de la recurrida, pero no pudo acceder a ser atendida, por las medidas de confinamiento, por lo que se ha visto en la necesidad de interponer la presente acción con la intención de que la recurrida otorgue la ampliación legal de plazo que iba a solicitar personalmente. Alega, que el actuar de la recurrida infringe la garantía Constitucional de Igualdad ante la ley en el sentido de que, a pesar de concurrir la recurrente dos veces ante ella a solicitar la ampliación de plazo señalada, no dio una respuesta satisfactoria, ni siquiera dando la oportunidad de es
Fundamentos
considerando que la recurrente ya ha obtenido lo pretendido, por lo que ninguna medida de protección podría adoptarse, y, así las cosas, la acción deducida no puede prosperar, por haber perdido oportunidad.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, se resuelve que se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad el recurso de protección deducido en favor de ROXANA MARTÍN PÉREZ. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Ingreso Corte N°13498-2022 Protección. “Se deja constancia que esta sentencia no reúne los presupuestos para ser anonimizada de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema.”
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua. Rancagua, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 31 de octubre de 2022, comparece el abogado Sergio Aburto Mayorga, en favor de ROXANA MARTÍN PÉREZ, ciudadana cubana, cédula de identidad N° 27.496.853-2, domiciliado en Río Claro N° 031, comuna de Doñihue, deduciendo recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones por la imposibilidad
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