CONGR HERMANAS TERCIARIAS MISIONERAS FRANCISCANAS CON SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS XV DR STGO ORIENTE
Rol
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
TASACIÓN GENERAL BIEN RAÍZ NO AGRÍCOLA
Resultado
DEVUÉLVASE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que en la presente causa se ventila una apelación deducida por ambas partes en contra de la resolución que recibió la causa a prueba, en un procedimiento de reclamo de avalúos de bienes raíces, al tenor de lo dispuesto en el artículo 149 y siguientes del Código Tributario. 2.- Que a su turno, el artículo 121 del Código señalado dispone que “En cada ciudad que sea asiento de Corte d) de Apelaciones, habrá dos Tribunales Especiales de Alzada que conocerán de las apelaciones que se deduzcan en contra de las resoluciones dictadas por el Tribunal Tributario y Aduanero, al conocer de los reclamos de avalúos de los bienes raíces, en los casos a que se refiere el artículo 149°. 3.- Que, en atención a lo anterior, corresponde que la presente apelación sea conocida por el Tribunal competente, de acuerdo a las normas antes señaladas. En virtud de lo anterior, se declara la incompetencia de esta Corte para conocer de la apelación ya señalada. Devuélvanse los antecedentes al Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago, a fin de que sean remitidos correctamente al Tribunal correspondiente. Archívese N°Tributario Y Aduanero-40-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, e integrada por la Ministra señora María Paula Merino Verdugo, y por el Abogado integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett.
Fallo
se declara la incompetencia de esta Corte para conocer de la apelación ya señalada. Devuélvanse los antecedentes al Primer Tribunal Tributario y Aduanero de la Región Metropolitana de Santiago, a fin de que sean remitidos correctamente al Tribunal correspondiente. Archívese N°Tributario Y Aduanero-40-2023. Pronunciada por la Sala Tramitadora de esta Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya, e integrada por la Ministra señora María Paula Merino Verdugo, y por el Abogado integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett.
Texto Completo (Preview)
rbm C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés A los folios 2 y 3: Estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que en la presente causa se ventila una apelación deducida por ambas partes en contra de la resolución que recibió la causa a prueba, en un procedimiento de reclamo de avalúos de bienes raíces, al tenor de lo dispuesto en el artículo 149 y si
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