GONZÁLEZ/INVERSIONES SANTA VIRGINIA SPA
Rol
Fecha
28 de febrero de 2023
Materia
DESPIDO INDIRECTO
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia anulada con excepción de su fundamento quinto, que se elimina. Se reproduce la sentencia de nulidad en sus
Fundamentos
considerandos cuarto y quinto. Y se tiene además presente: Que habiéndose justificado el despido indirecto que hizo la trabajadora, ella tiene derecho a la compensación económica mediante el pago de sus remuneraciones por todo el período correspondiente hasta la culminación del fuero maternal, esto es hasta el mes de enero de 2023. Visto, además, lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 41, 42, 63, 73, 160 N°7, 162, 172, 173, 174, 420, 446 y siguientes, 456, 457, 459, todas del Código del Trabajo y demás normas legales pertinentes;
Fallo
SE RESUELVE: I. Se acoge la acción de despido indirecto interpuesta por CAROLINA DEL ROSARIO GONZÁLEZ SOLORZA, en contra de la empresa INVERSIONES PRISE SPA y, por tanto, se declara que la relación laboral entre la demandante y esta demandada iniciada el 20 de julio de 2020 terminó por haber incurrido el empleador en incumplimientos graves de las obligaciones que impone el contrato en los términos del artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, en relación al artículo 171 del mismo cuerpo legal. II. Que se condena a la empresa demandada INVERSIONES PRISE SPA a pagar a la demandante CAROLINA DEL ROSARIO GONZÁLEZ SOLORZA: 1) Indemnización sustitutiva de aviso previo, correspondiente a $625.000.- 2) Feriado correspondiente a $437.499.- 3) Remuneraciones por los meses de mayo, junio y julio de 2021 correspondiente a $1.541.666.- 4) Compensación del fuero maternal demandado, consistente en el pago total de las remuneraciones que habría tenido derecho a percibir la actora de haber durado el contrato de trabajo hasta el término del mismo, esto es, un total de 18 meses hasta el mes de enero de 2023 por la suma de $11.250.000.- .III. Las cantidades señaladas en el punto anterior deberán ser objeto de reajustes e intereses según disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo cuando corresponda. IV. Se acoge la acción de nulidad de despido por no pago de cotizaciones previsionales y, por tanto, se condena a la demandada INVERSIONES PRISE SPA a pagar a la demandante CAROLINA DEL R
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SENTENCIA DE REEMPLAZO C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintitrés. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 478 del Código del Trabajo se dicta la siguiente sentencia de reemplazo. Vistos: Se reproduce la sentencia anulada con excepción de su fundamento quinto, que se elimina. Se reproduce la sentencia de nulidad en sus considerandos cuarto y quinto. Y se tie
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