MP C/ CRISTIAN GUILLERMO PAREDES GALLARDO
Rol
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en relación a la necesidad de cautela contenida en la letra c) de la citada norma, se estima por estos sentenciadores que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendido el número de delitos por los cuales fue formalizado, la sanción posible a imponer y su eventual forma de cumplimiento, como así también, la circunstancias de mantener condenas pretéritas por delito de la misma especie y sujeto a cumplimiento de pena sustitutiva al momento de la ocurrencia de los hechos, se revoca la resolución en alzada de esta misma fecha, pronunciada por don Francisco Andrés Almonacid Faúndez, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt y, en su lugar, se declara que se mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Cristian Guillermo Paredes Gallardo. Devuélvase. Rol Penal N°225-2023.
Fallo
se declara que se mantiene la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado Cristian Guillermo Paredes Gallardo. Devuélvase. Rol Penal N°225-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en esta audiencia, teniendo en consideración que en el presente estado de la investigación existen antecedentes suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a y b del artículo 140 del Código Procesal Penal y, en relación a la necesidad de caut
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