JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SAN BERNARDO

MORDEHAI MOOR CON COMERCIAL V TEC LIMITADA.

Rol

76718-2020

Fecha

17 de enero de 2022

Materia

Reforma Laboral

Resultado

RECHAZA,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)

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Hechos

Vistos:   En autos RIT O-295-2019, RUC 1940188234-3, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, por sentencia de diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, se acogió la demanda en lo relativo a las acciones de despido injustificado y cobro de prestaciones, y se la rechazó en cuanto a la nulidad del despido. Las partes dedujeron sendos recursos de nulidad y la Corte de Apelaciones de San Miguel, por resolución de ocho de junio de dos mil veinte, rechazó el de la demandada y acogió el del demandante, por lo que invalidó el fallo de mérito y dictó el de reemplazo en que hizo lugar a la nulidad del despido. En relación a esta última decisión la demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia, a fin que esta Corte lo acoja y dicte la de reemplazo que describe. Se ordenó traer los autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando, respecto de la materia de derecho objeto del juicio, existen distintas interpretaciones sostenidas por uno o más fallos firmes emanados de los tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trate, sostenida en las diversas resoluciones y que hayan sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, se debe acompañar copia fidedigna de la o de las que se invocan como fundamento. Segundo: Que la demandada solicita se unifique la jurisprudencia determinando el sentido y alcance del concepto de cotizaciones previsionales, para los efectos de aplicar o no la sanción de nulidad de despido por infracción a los incisos 5° y siguientes del artículo 162 del Código del Trabajo. Reprocha que no se haya aplicado la doctrina sostenida en el

Fallo

fallo de mérito y dictó el de reemplazo en que hizo lugar a la nulidad del despido. En relación a esta última decisión la demandada interpuso recurso de unificación de jurisprudencia, a fin que esta Corte lo acoja y dicte la de reemplazo que describe. Se ordenó traer los autos en relación. Considerando: Primero: Que, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 483 y 483-A del Código del Trabajo, el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando, respecto de la materia de derecho objeto del juicio, existen distintas interpretaciones sostenidas por uno o más fallos firmes emanados de los tribunales superiores de justicia. La presentación respectiva debe ser fundada, incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto del asunto de que se trate, sostenida en las diversas resoluciones y que hayan sido objeto de la sentencia contra la que se recurre y, por último, se debe acompañar copia fidedigna de la o de las que se invocan como fundamento. Segundo: Que la demandada solicita se unifique la jurisprudencia determinando el sentido y alcance del concepto de cotizaciones previsionales, para los efectos de aplicar o no la sanción de nulidad de despido por infracción a los incisos 5° y siguientes del artículo 162 del Código del Trabajo. Reprocha que no se haya aplicado la doctrina sostenida en el fallo que apareja para efectos de su cotejo, que corresponde al dictado por la Corte de Apelaciones de Santiago en los antecedentes rol

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintidós. Vistos:   En autos RIT O-295-2019, RUC 1940188234-3, del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, por sentencia de diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve, se acogió la demanda en lo relativo a las acciones de despido injustificado y cobro de prestaciones, y se la rechazó en cuanto a la nulidad del despido. Las partes dedujeron send

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