SUERO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 2 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana dominicana Javiela Suero Familia contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de nacionalización que presentó el 22 de noviembre de 2017. Que, con fecha 22 de septiembre de 2021, el Servicio informó que debía enviar nuevamente la documentación, cuestión que cumple el 12 de octubre del mismo año. Así las cosas en septiembre de 2022, la recurrente se comunica con el Servicio donde se le señala que no se sabe si su solicitud se encuentra archivada o en proceso, lo que afecta su derecho de igualdad ante la ley. Solicita se ordene a la recurrida que emita pronunciamiento en el más breve plazo, con costas. Con fecha 24 de febrero de 2023, una vez que se había prescindido del informe, el Servicio Nacional de Migraciones, realiza una presentación exponiendo que la solicitud de la recurrente se encuentra archivada toda vez que no acreditó poseer ingresos económicos suficientes. Con estos antecedentes se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho, dice relación con la omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento de la solicitud de nacionalización presentada por el recurrente. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la referida solicitud está archivada por no haberse acreditado poseer ingresos económico suficientes. Tercero: Que, de los antecedentes aportados a estos autos no consta que los motivos del archivo hayan sido notificados a la actora, por lo que esta acción cautelar será acogida en los términos que se señalarán en lo resolutivo del fallo.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Javiela Suero Familia, sólo en cuanto, el Servicio Nacional de Migraciones deberá desarchivar la solicitud, notificando de esta circunstancia al recurrente otorgándole un plazo no inferior a 90 días, a fin de que aporte los antecedentes necesarios para seguir adelante con la tramitación, los que deberá pormenorizar, continuando con la tramitación del expediente administrativo. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-170666-2022. En Valparaíso, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
Vim. C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 2 de diciembre de 2022 se recurre de protección en favor de la ciudadana dominicana Javiela Suero Familia contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de nacionalización que presentó el 22 de noviembre de 2017. Que, con fecha 22
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica