ANONIMIZADO
Rol
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma en lo apelado la resolución apelada de catorce de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Melipilla, con declaración de que la medida de prohibición de acercamiento será aplicable excluyendo el domicilio ubicado en DIRECCION000, comuna de Melipilla. Devuélvase. Familia-7-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de San Miguel San Miguel, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 19.968, se confirma en lo apelado la resolución apelada de catorce de diciembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Melipilla, con declaración de que la medida de prohibición de acercamiento será aplicable excl
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