OLIVO/JULIA FUENTEALBA RESTAURANTE MADOS EIRL - (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
85758-2021
Fecha
17 de enero de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO (M)
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en el procedimiento sumario especial de término de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, seguido ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el rol C-17.034-2019 caratulado “Olivo con Julia Fuentealba Restaurante MADOS E.I.R.L”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandada en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de esta ciudad el día uno de octubre de dos mil veintiuno, que confirmó el fallo de primer grado de fecha catorce de octubre de dos mil diecinueve que acogió la demanda principal declarando terminados los contratos de arrendamiento, ordenando la restitución de los inmuebles y el pago de las rentas de arrendamientos adeudadas como asimismo rechazó la demanda reconvencional de terminación de contrato e indemnización de perjuicios. 2°.- Que el recurrente de nulidad sustancial denuncia la infracción de los artículos 385 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 19 inciso 1 y 1713 del Código Civil pues el fallo razona que en los contratos objeto de este juicio se acordó que los bienes debían destinarse a fines comerciales pero sin limitar ni especificar dicho uso al giro de restaurante como asimismo concluye que el arrendador no se encontraba obligado a que los inmuebles arrendados contaran con patentes comerciales. Dichas conclusiones resultan erróneas si se revisa la prueba confesional provocada por su parte en la que la actora reconoce que el objetivo de los contratos era desarrollar una actividad comercial, específicamente un restaurante y que su parte se había comprometido a colaborar en los trámites y gestiones necesarios para obtener todos los permisos y patentes necesarias, sin que hasta la fecha esto se hubiese cumplido. Es por ello que la demanda principal debió ser rechazada y acogerse su demanda reconvencional por existir un incumplimiento del arrendador. 3°.- Que, en primer término, el artículo 772 N
Fallo
fallo de primer grado de fecha catorce de octubre de dos mil diecinueve que acogió la demanda principal declarando terminados los contratos de arrendamiento, ordenando la restitución de los inmuebles y el pago de las rentas de arrendamientos adeudadas como asimismo rechazó la demanda reconvencional de terminación de contrato e indemnización de perjuicios. 2°.- Que el recurrente de nulidad sustancial denuncia la infracción de los artículos 385 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, 19 inciso 1 y 1713 del Código Civil pues el fallo razona que en los contratos objeto de este juicio se acordó que los bienes debían destinarse a fines comerciales pero sin limitar ni especificar dicho uso al giro de restaurante como asimismo concluye que el arrendador no se encontraba obligado a que los inmuebles arrendados contaran con patentes comerciales. Dichas conclusiones resultan erróneas si se revisa la prueba confesional provocada por su parte en la que la actora reconoce que el objetivo de los contratos era desarrollar una actividad comercial, específicamente un restaurante y que su parte se había comprometido a colaborar en los trámites y gestiones necesarios para obtener todos los permisos y patentes necesarias, sin que hasta la fecha esto se hubiese cumplido. Es por ello que la demanda principal debió ser rechazada y acogerse su demanda reconvencional por existir un incumplimiento del arrendador. 3°.- Que, en primer término, el artículo 772 N°1 del Código de Procedimiento Civ
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Santiago, diecisiete de enero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que en el procedimiento sumario especial de término de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, seguido ante el Séptimo Juzgado Civil de Santiago bajo el rol C-17.034-2019 caratulado “Olivo con Julia Fuentealba Restaurante MADOS E.I.R.L”, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de cas
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