SIN INFORMACION

ALVARADO/MINISTRO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

27 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Con fecha 21 de octubre 2022, comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa, domiciliado para estos efectos en Calle Gamero N° 518, ciudad de Rancagua, deduciendo acción constitucional de protección en favor de DENISSE CAROLINA ALVARADO VILLALOBOS de nacionalidad venezolana, cédula de identidad venezolana n° V-13.609.867, para estos efectos con su mismo domicilio, y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y el Servicio Nacional de Migraciones por el acto ilegal y arbitrario, conculcatorio de las garantías establecidas en los numerales 2° y 3° del artículo 19 de la Constitución Política de la República, consistente en la omisión y/o tardanza de las recurridas en la emisión de la tarjeta de extranjero infractor y de la resolución de expulsión. Señala que el día 7 de febrero del año 2022, la recurrente ingresó a Chile por un paso no habilitado, realizando declaración voluntaria de ingreso clandestino con fecha 13 de febrero de 2022, mediante la plataforma online de la Policía de Investigaciones de Chile. Refiere que desde esa fecha se encuentra a la espera de la entrega de la tarjeta de extranjero infractor o de la resolución administrativa que establezca la orden de expulsión, tal como se consagra en la Ley. Sin embargo, hasta la fecha, no han recibido avances o la resolución administrativa que ordene su expulsión. Afirma que esta demora excesiva, solo trae perjuicios para la recurrente, quien ha reconocido su falta y ha actuado desde ese entonces, respetando los conductos regulares, cumpliendo todos los procesos de forma responsable por los últimos meses desde su ingreso. Señala que no posee antecedentes penales en su país de origen y que su propósito de viajar a Chile es reunirse con su prima, quien se encuentra en el país con estado migratorio regular y trabajo estable por lo que su permanencia no supone una carga para el Estado. Alega infracción a los artículos 7, 14, 17 a) y 27 de la Ley N°19880 y con ello la vulneración de la garantía

Fallo

por tanto la autoridad competente en esta materia es Policía de Investigaciones de Chile. Finalmente indica que no existe obligación alguna establecida en la Ley para ese Servicio que lo obligue a expulsar a una persona. Agrega que la situación de la extranjera es irregular, sin perjuicio de lo cual hasta la fecha del informe no ha decretado alguna medida de abandono, de expulsión o alguna sanción de cualquier naturaleza en contra de la recurrente. A folio 18, con fecha nueve de febrero del año en curso, por estimarse trámite previo e indispensable para la resolución del asunto, se ofició a Policía de Investigaciones de Chile a fin de que acompañaran copia de la tarjeta de ciudadano infractor o algún documento en donde conste su entrega a la recurrente, lo que se cumplió a folio 20, acompañando tarjeta de identificación de ciudadano infractor. En su oportunidad se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o perturbe ese ejercicio. SEGUNDO: Que, por este recurso se cuestiona la tardanza por parte de las recurridas en el otorgamiento de la tarjeta de extr

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 21 de octubre 2022, comparece el abogado don Claudio Quiroga Hinojosa, domiciliado para estos efectos en Calle Gamero N° 518, ciudad de Rancagua, deduciendo acción constitucional de protección en favor de DENISSE CAROLINA ALVARADO VILLALOBOS de nacionalidad venezolana, cédula de identidad venezolana n° V-13

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica