MOLINA/AMICAM CORPORACIÓN DE AMIGOS HOSPITAL CALVO MACKENNA
Rol
Fecha
27 de febrero de 2023
Materia
PRESTACIONES
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En los autos Rit O-2951-2021 del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, la parte demandante dedujo recurso de nulidad, en contra de la sentencia definitiva de 09 de mayo de 2022, que rechazó en todas sus partes la demanda de despido indirecto interpuesta por don Jaime Enrique Molina Paredes, en contra de la Corporación de Amigos del Hospital Calvo Mackenna, sin costas. Hizo valer en su recurso, -como causal principal-la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo (por haberse dictado el fallo con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica); En subsidio, de las causales anteriores, invoca la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, (esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica sin modificar las con En subsidio, invoca la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, denunciando como infringido el artículo 23 de la Ley Orgánica Constitucional de la Dirección del Trabajo, en relación al artículo 1699 del Código Civil. Pide que esta Corte, conociendo del recurso, lo acoja, anulando la sentencia y dictando la de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes y peticiones, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante invoca -como causal principal-la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado el
Fallo
fallo con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica); En subsidio, de las causales anteriores, invoca la causal del artículo 478 letra c) del Código del Trabajo, (esto es, cuando sea necesaria la alteración de la calificación jurídica sin modificar las con En subsidio, invoca la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción de ley, denunciando como infringido el artículo 23 de la Ley Orgánica Constitucional de la Dirección del Trabajo, en relación al artículo 1699 del Código Civil. Pide que esta Corte, conociendo del recurso, lo acoja, anulando la sentencia y dictando la de reemplazo que acoja la demanda en todas sus partes y peticiones, con costas. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la parte demandante invoca -como causal principal-la del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, por haberse dictado el fallo con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Funda la primera causal en haberse dictado la sentencia con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, al vulnerarse en sus razonamientos esenciales las reglas de la lógica, específicamente el principio de “razón suficiente”, al desconocer sin mencionar ni referirse a prueba alguna los hechos c
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintisiete de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos Rit O-2951-2021 del Segundo Juzgado del Trabajo de Santiago, la parte demandante dedujo recurso de nulidad, en contra de la sentencia definitiva de 09 de mayo de 2022, que rechazó en todas sus partes la demanda de despido indirecto interpuesta por don Jaime Enrique Molina Paredes, en contra de la Corpora
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