MP C/ SEBASTIAN EDUARDO NAVARRETE JARA
Rol
Fecha
25 de febrero de 2023
Materia
PORTE DE ARMA CORTANTE O PUNZANTE. ART. 288 BIS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Competencia Común de Quellón que decretó la prisión preventiva solicitado por el ente persecutor en contra de aquel. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión de ellos y la existencia de condenas previas en delitos de la misma especie, se configura un peligro para la seguridad de las víctimas y de la sociedad que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en causa. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha dieciocho de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por el Juez del Juzgado de Competencia Común de Quellón, don Pablo Farfán Kemp respecto del imputado Sebastián Eduardo Navarrete Jara, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 222-2023.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha dieciocho de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por el Juez del Juzgado de Competencia Común de Quellón, don Pablo Farfán Kemp respecto del imputado Sebastián Eduardo Navarrete Jara, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 222-2023.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, veinticinco de febrero de dos mil veintitrés VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Competencia Común de Quellón que decretó la prisión preventiva solicitado por el ente persecutor en contra de aquel. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y d
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