TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAÍSO

MP C/ LINDORFO JOSE SALGADO SILVA

Rol

96222-2021

Fecha

13 de enero de 2022

Materia

Reforma

Resultado

DECLARA COMPETENTE PARA CONOCER NULIDAD A LA CORTE

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Hechos

Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Lindorfo José Salgado Silva, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, por la cual fue condenado como autor del delito de sustracción de menor con homicidio. 2.- Que se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Procesal Penal, por la afectación a la presunción de inocencia, por cuanto los testigos que declaran no son presenciales del hecho. 3.- Que el Ministerio Público, se hizo parte en la presente causa, solicitando se remita el líbelo a la Corte de Apelaciones respectiva por corresponderle el conocimiento por entender que lo alegado constituye la causal de nulidad del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal. 4.- Que según se desprende de la atenta lectura del libelo, lo que se reprocha por la letra a) del artículo 373 al fallo de primera instancia, en realidad se trataría de una deficiencia en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 342 letra e), y aún cuando se ha señalado como infracción de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 96222-21.

Fallo

fallo de primera instancia, en realidad se trataría de una deficiencia en el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 342 letra e), y aún cuando se ha señalado como infracción de garantías constitucionales, en realidad constituye un reclamo propio de la causal del artículo 374 letra e) del Código Procesal Penal, razón por la cual, se procederá en la forma que autoriza el artículo 383 de ese cuerpo legal. Por estas consideraciones y disposiciones legales citadas, remítanse estos antecedentes a la Corte de Apelaciones de Valparaíso para que previa revisión en cuenta de la admisibilidad del recurso de nulidad interpuesto por la defensa del sentenciado, en su caso, fije audiencia para su conocimiento y fallo. Regístrese y remítase. Rol N° 96222-21.

Texto Completo (Preview)

Santiago, trece de enero dos mil veintidós. Vistos: 1.- Que la defensa del sentenciado Lindorfo José Salgado Silva, recurre de nulidad contra la sentencia dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, por la cual fue condenado como autor del delito de sustracción de menor con homicidio. 2.- Que se ha invocado como causal principal la del artículo 373 letra a) del Código Pro

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