INVERSIONES MSC SPA CON MADERAS BRAVO ALFARO ASOCIADOS. ACUM. 115-2020/CIVIL.
Rol
92265-2021
Fecha
13 de enero de 2022
Materia
Civil
Resultado
INADMISIBLE CASACIÓN DE FONDO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas tramitado ante el Juzgado de Letras de Constitución bajo el Rol C-192-2019, caratulado “Inversiones MSC Spa Con Maderas Bravo Alfaro Asociados”, la parte demandada deduce casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno que, en lo que interesa al recurso, confirmó aquella de dieciocho de diciembre de dos mil diecinueve dictada por el tribunal a quo en el cuaderno de apremio que rechazó la petición de dejar sin efecto aquella decisión que tuvo por recibido un oficio de remisión de dineros embargados. 2°.- Que el artículo 767 del Código de Procedimiento Civil dispone que se admite el recurso de casación en el fondo contra sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen término al juicio o hacen imposible su continuación, dictadas -en lo que interesa para el presente caso- por Cortes de Apelaciones, siempre que se hayan pronunciado con infracción de ley y esta infracción haya influido substancialmente en lo dispositivo de la sentencia; 3°.- Que la resolución impugnada por esta vía no presenta la característica de aquellas aludidas en el motivo anterior, toda vez que no ha puesto fin a la instancia, ni tampoco ha concluido el juicio ni hecho imposible su prosecución, razón por la cual el recurso de nulidad intentado en autos no será admitido a tramitación. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Oscar Silva Pizarro en representación de la parte demandada en contra de la sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno dictada por la Corte de Apelaciones de Talca. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°92.265-21.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 767 y 782 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de casación en el fondo interpuesto por el abogado Oscar Silva Pizarro en representación de la parte demandada en contra de la sentencia de cuatro de noviembre de dos mil veintiuno dictada por la Corte de Apelaciones de Talca. Regístrese, comuníquese, notifíquese y devuélvase, vía interconexión. N°92.265-21.
Texto Completo (Preview)
1 2 Santiago, trece de enero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°.- Que en este procedimiento ejecutivo de cobro de facturas tramitado ante el Juzgado de Letras de Constitución bajo el Rol C-192-2019, caratulado “Inversiones MSC Spa Con Maderas Bravo Alfaro Asociados”, la parte demandada deduce casación en el fondo contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca de cuatro d
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