JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO VARAS

MP C/ JAVIER ALEJANDRO BRAVO GOMEZ

Rol

Fecha

24 de febrero de 2023

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de la ciudad de Puerto Varas que decretó la prisión preventiva solicitado por el ente persecutor en contra de aquel. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado.  3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión de ellos y el número de imputaciones efectuadas, se configura un peligro para la seguridad de la sociedad que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva impuesta por el Tribunal a quo en esta causa. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, doña Ximena Bertin Pugin respecto del imputado Javier Alejandro Bravo Gómez, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 221-2023.

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veinte de febrero del año dos mil veintitrés, dictada por la Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, doña Ximena Bertin Pugin respecto del imputado Javier Alejandro Bravo Gómez, manteniéndose la medida cautelar de prisión preventiva impuesta en su contra.  Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 221-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa del imputado de esta causa, en contra de la resolución dictada por el Juzgado de Garantía de la ciudad de Puerto Varas que decretó la prisión preventiva solicitado por el ente persecutor en contra de aquel. 2°) Que, del mérito de los antece

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