SIN INFORMACION

TREUR/FISCO EJÉRCITO DE CHILE H COMISIÓN DE SANIDAD VISTA EN POS CON IC 39999-2021

Rol

Fecha

24 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 03 de octubre de 2021 comparecen los abogados Maximiliano Delgado González y Cristián Arias Vicencio, en representación de 1). Caroline Yolanda Carvacho Gutiérrez, en representación de sus hijas e hijo menores de edad, Florencia Antonia Montoya Carvacho, Mariana Paz Montoya Carvacho y Luis Alonso Montoya Carvacho; 2). Gerany Makarena Vivanco Leins, en representación de sus hijas menores de edad Maite Sayén Figueroa Vivanco y Emely Amanda Figueroa Vivanco; 3). María Soledad García Molina; 4). Galvarino Zárate Montes; 5). Marisol Del Carmen Vera Carrasco; 6). Patricia De Las Mercedes Ramírez Silva; 7) Nicole Francisca Navarrete Flores; 8). Patricia Andrea Flores Flores, en representación legal de su hija menor de edad, Viviana Carolina Navarrete Flores; 9). Anyelina Del Tránsito González Contreras; 10). Jessica Ximena Gómez Pincheira, en representación de su hijo menor de edad Matías Sebastián Figueroa Gómez; 11). Catalina Andrea Meza Letelier; 12). Evelyn Elizabeth González Morales, en representación de sus hijos menores de edad Francisco Javier Pérez González y Vicente Alonso Pérez González; 13). Ernesto Florencio Venegas Torres; 14). Mercedes Verónica Godoy Quijón; 15). Katherine Magdalena Canales Ibarra; 16). Marcos Antonio Lagos Herrera; 17). María Inés Paredes Ojeda; 18). Mariela Cecilia Apablaza Méndez; 19). Millaray Esparza Lillo; 20). Natalia Beatriz Peñailillo Pereira; 21). Yessica Verónica Pino Lara; y, 22). Geertruida Treur, quienes interponen recurso de protección contra la Fuerza Aérea de Chile –a continuación la FACH-, el Ejército de Chile, el Ministerio de Defensa Nacional, la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas y la Caja de Previsión de la Defensa Nacional –en adelante -CAPREDENA- por hechos que, estiman, vulneran sus garantías constitucionales consagradas en los numerales 2° y 24° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Indican que sus representados son herederos en su calidad de

Fallo

por tanto, el artículo 189 del DFL N°1 de 1997, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas. Afirman, que asimismo, se les calculó el montepío sobre el último sueldo de los causantes, siendo que legalmente corresponde que lo sea en base al grado superior a aquél, conforme al artículo 86 de la Ley 18.948. Sostiene que de los actos recurridos se habrían enterado el 16 de septiembre de 2021 al recibir una carta enviada por don Javier Coopman Corral, Jefe de Gabinete del Ministro de Defensa de la época, de fecha 16 de septiembre de 2021, en respuesta a una serie de temas pendientes que involucraban a las familias recurrentes. En su oportunidad, por intermedio del Ministro de Defensa y su Jefe de Gabinete y luego de reuniones sostenidas con los abogados recurrentes y representantes de las familias, se ofició a la Fuerza Aérea de Chile para que informara de los temas referidos. Ante esa presentación, la Fuerza Aérea de Chile emitió un memorándum dirigido al Ministro de Defensa, quien el 16 de septiembre de 2021 lo envió a las familias requirentes. En esta comunicación se informaba, en lo pertinente, de los siguientes actos ilegales: “Que la última posición del avión, validada y certificada, correspondió a la coordenada 58° 38” 17” S -064° 32”06” W, habiendo cruzado el paralelo 57° Sur”. En base a estas consideraciones, solicitan que se ordene el pago inmediato de las asignaciones zonales a los recurrentes; que se ordena el pago de las diferencias por concepto de montepío, debiendo

Texto Completo (Preview)

Santiago, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Con fecha 03 de octubre de 2021 comparecen los abogados Maximiliano Delgado González y Cristián Arias Vicencio, en representación de 1). Caroline Yolanda Carvacho Gutiérrez, en representación de sus hijas e hijo menores de edad, Florencia Antonia Montoya Carvacho, Mariana Paz Montoya Carvacho y Luis Alons

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