SIN INFORMACION

RUBILAR / JUZGADO DE GARANTÍA DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

24 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1, la defensoría penal pública interpone recurso de amparo en favor de YERKO BENJAMÍN RUBILAR RUBILAR, en contra de la resolución de fecha 20 de febrero de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar en causa RIT 921-2021, que decretó la prisión preventiva del amparado, de manera ilegal y arbitraria afectando con ello la libertad personal del recurrente. Explica que el 20 de febrero el amparado es conectado por Zoom desde el recinto penitenciario Santiago I, por orden de detención judicial vigente por incomparecencia a audiencia de preparación de juicio oral. Cuando se inicia la preparación del juicio, la Defensoría Penal Pública sufre la caída de su sistema SIGDP a nivel nacional, por lo que la defensora se vio impedida de continuar, solicitando reagendar la audiencia. El Sr. Juez Roberto Pinto reprograma la audiencia para el 24 de febrero de 2023, y ordena la prisión preventiva del amparado, fijando una caución de un millón de pesos. Señala que de conformidad al artículo 269 del Código Procesal Penal, la presencia del imputado no es requisito de validez, y de conformidad al artículo 33 del Código Procesal Penal la prisión preventiva como apremio puede decretarse hasta la realización de la audiencia respectiva, que es lo que ocurrió en este caso, comenzó a realizarse la audiencia, pero por motivo no imputables al amparado no se pudo continuar, no procediendo la aplicación de tal normativa. Aduce que la decisión del Juez de Garantía transgrede el principio de instrumentalidad del artículo 112 del Código Procesal Penal. Solicita, en definitiva, se deje sin efecto la resolución judicial que decretó la prisión preventiva del amparado, ordenando su libertad inmediata. A folio 4, evacúa informe Sr. Roberto Pinto Gutiérrez, Juez de Garantía de Viña de Mar. Explica que el 02 de febrero de 2022 se presentó acusación en contra del amparado, fijándose audiencia de preparación para el 8 de marzo del mismo año, a la que no compareció por lo qu

Fundamentos

considerando: Primero: Que la acción de amparo garantiza a toda persona que ilegalmente sufra cualquier privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, la posibilidad de recurrir ante la respectiva magistratura, para que dicte en tal caso las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que, lo solicitado mediante esta acción es que se deje sin efecto la medida de prisión preventiva decretada respecto del amparado ante la inasistencia de aquel a audiencia a la que se encontraba legalmente citado, y que fue reprogramada para una fecha posterior. Tercero: Que, el acto impugnado, dictado en audiencia de fecha 20 de febrero pasado, dispuso la prisión preventiva del amparado, ante las constantes incomparecencias del mismo al proceso iniciado en su contra en febrero de 2022, todo lo cual configura la hipótesis del artículo 33 del Código Procesal Penal, que habilita al Tribunal de Garantía a disponer la medida decretada hasta la realización efectiva de la audiencia, lo que en los hechos no ocurrió, puesto que la defensa solicitó la reprogramación de la misma, accediendo el tribunal y fijándose la audiencia para el 24 de febrero del presente año. Cuarto: Que, del mérito de los antecedentes y lo señalado en el considerando anterior, se desprende que la resolución recurrida no es ilegal, ya que fue dictada por tribunal competente, dentro de la esfera de sus atribuciones y previo debate de los intervinientes en audiencia, por lo que el recurso de amparo será desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta a favor de YERKO BENJAMÍN RUBILAR RUBILAR, en contra del Juzgado de Garantía de Viña del Mar. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-223-2023.

Texto Completo (Preview)

Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, la defensoría penal pública interpone recurso de amparo en favor de YERKO BENJAMÍN RUBILAR RUBILAR, en contra de la resolución de fecha 20 de febrero de 2023, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar en causa RIT 921-2021, que decretó la prisión preventiva del amparado, de manera ilegal

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