SIN INFORMACION

LENA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

24 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos: A folio 1, se recurre de protección en favor de don JEAN RENCILUS AUMELUS, ciudadano haitiano, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de permanencia definitiva N°28210946, que solicitó el 03 de agosto de 2021, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. A folio 11, se prescinde del informe solicitado al Servicio Nacional de Migraciones, y se ordenó traer los autos en relación. A folio 13, sin perjuicio de lo anterior, el servicio recurrido solicita el rechazo de la acción cautelar, por cuanto la solicitud del actor está en etapa de “pago de derechos”, por lo que el impulso del procedimiento se encuentra en la esfera de atribuciones del extranjero. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud está en etapa de pago de derechos, manteniendo el recurrente su situación migratoria regular en el país, por lo que no existe agravio, y la solicitud se encuentra en la esfera del actor. Tercero: Que, teniendo presente el estado de tramitación informado por la recurrida, se advierte que si bien la solicitud del recurrente está en etapa de pago de derechos, no es menos cierto que no consta en autos notificación alguna al actor del estado de tramitación de su solicitud, ni de encontrarse habilitada en la página la opción de pago.

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Jean Rencilus Aumelus, solo en cuanto el Servicio Nacional de Migraciones, deberá notificar al actor el estado actual de tramitación de su solicitud y habilitar la correspondiente pestaña que permita realizar el pago en la página del Servicio. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-620-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se recurre de protección en favor de don JEAN RENCILUS AUMELUS, ciudadano haitiano, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de permanencia definitiva N°28210946, que solicitó el 03 de agosto de 2021, lo que vulnera su gar

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