QUINCHE / SERVICIO NACIONAL MIGRACIONES
Rol
Fecha
24 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: A folio 1, se recurre de protección en favor de don ALEXANDER GABRIEL QUICHE SAENZ, ciudadano peruano, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de regularización migratoria , que solicitó el 29 de octubre de 2021, lo que vulnera su garantía de igualdad ante la ley. Solicita ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. A folio 10, se prescinde del informe solicitado al Servicio Nacional de Migraciones, y se ordenó traer los autos en relación. A folio 12, sin perjuicio de lo anterior, el Servicio recurrido solicita el rechazo de la acción cautelar, ya que la presente acción de protección ha perdido oportunidad y eficacia al haberse pronunciado el Servicio respecto de la solicitud de regularización migratoria del recurrente. Señala que con fecha 29 de octubre de 2021, el extranjero recurrente solicitó ante la autoridad regularizar su situación migratoria en el país, y mediante la Resolución Exenta N°23054093 de fecha 21 de febrero de 2022, del Servicio Nacional de Migraciones, rechazó la solicitud, por no cumplir con los requisitos legales para su otorgamiento. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva presentada por la parte recurrente. Segundo: Que, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que resolvió denegar la petición de regularización migratoria, por no cumplir con los requisitos legales para su otorgamiento, por lo que dicha acción ha perdido oportunidad. Tercero: Que, de lo informado por la recurrida, aparece que con fecha 21 de febrero de 2022, mediante Resolución Exenta N°23054093, se resolvió la solicitud del actor de manera desfavorable, sin habérsele informado cuales son los requisitos y/o documentos exigidos que requería a fin de proseguir con la tramitación de su solicitud, por lo que el presente arbitrio se acogerá como se dirá en lo resolutivo.
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que se acoge el recurso de protección deducido en favor de Alexander Gabriel Quiche Saenz, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto el recurrido deberá notificar pormenorizadamente al actor los documentos faltantes a su petición, otorgándole un plazo no inferior a 90 días, para acompañar los antecedentes. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-602-2023.
Texto Completo (Preview)
dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de febrero de dos mil veintitrés. Vistos: A folio 1, se recurre de protección en favor de don ALEXANDER GABRIEL QUICHE SAENZ, ciudadano peruano, y en contra del SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la solicitud de regularización migratoria , que solicitó el 29 de octubre de 2021, lo que vulnera
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