SIN INFORMACION

RECURSO DE AMPARO INT. EN FAVOR DE GRARY FRANCISCO VALDERRAMA FLORES C/DIRECCIÓN REGIONAL COQUIMBO GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece IGNACIO GARCÍA MORALES, Abogado, Defensor Penitenciario Privado, en representación del condenado GARY FRANCISCO VALDERRAMA FLORES, actualmente privado de libertad en el módulo 53 el Centro Penitenciario de Huachalalume, deduciendo acción Constitucional de Amparo preventivo en contra de Gendarmería de Chile, toda vez que su representado ha sido objeto de amenazas latentes, graves, actuales y permanentes de que nuevamente será trasladado de Unidad Penal. Expone que su representado se encuentra cumpliendo una condena de 11 años de presidio mayor por delito de tráfico ilícito de drogas, sentencia que le fuere impuesta en los autos RIT 89-2017 del Juzgado de Garantía de Arica. Agrega que su representado se encontraba cumpliendo su condena en el Centro Penitenciario de Acha, en la comuna y ciudad de Arica, hasta que durante el año 2019 y, al parecer, en un proceso de reconstrucción de la cárcel, la autoridad penitenciaria decretó unilateralmente el traslado de unidad penal, desde Arica hasta La Serena, lugar donde actualmente cumple su condena. Señala que su representado no reclamó de dicha medida aunque ello le significara perder la red de apoyo de su madre –que vive actualmente en Iquique- y provocar con ello el traslado de su pareja y un hijo que tenían en ese entonces, hasta la ciudad de La Serena, para continuar brindándole apoyo, soporte y redes para cooperar en su eventual proceso de reinserción. Así, hubo de empezar nuevamente de fojas cero para poder cumplir con los requisitos exigidos para poder optar de forma exitosa a los beneficios intrapenitenciarios que contempla el Reglamento Carcelario. Y en ese orden de ideas, actualmente se encuentra con conducta muy buena de forma ininterrumpida por más de tres períodos, se encuentra trabajando –trabajo que le permite poder llevar sustento a su hogar-, ha efectuado todos los cursos que ha dispuesto para él la autoridad Penitenciaria. A lo anterior se suma que su pareja y madre de sus dos hijos se trasladó a la ciudad de La Serena, según da cuenta documento que adjunto y lo visita regularmente, accediendo incluso a visitas íntimas, lo que les permitió tener a su segundo hijo estando él en cautiverio. Todo ello da cuenta de acciones concretas para reinsertarse en la vida social de forma productiva, que le han permitido incluso estar próximo a iniciar su proceso de postulación a beneficios intrapenitenciarios. Puntualiza que lo que se denuncia en la especie, es que, respecto de su representado, y en su módulo en general, se ha llevado a cabo una serie de traslados sorpresivos de unidad penal, sumado a las constantes amenazas por parte de funcionarios de Gendarmería de Chile, en orden a asegurar que su representado se encontraría dentro de una nómina de persona que serán trasladadas, habida cuenta de que precisamente proviene de otra Unidad penal, que es la pertinente para cumplir su condena, habida cuenta que se encuentra en el territorio jurisdiccional del Tribun

Fallo

Por estas consideraciones solicita se ordene dejar sin efecto la determinación de traslado (que se desconoce si efectivamente existe, por el hermetismo que conlleva este tipo de acciones), o informando fehacientemente que su representado no se encuentra en el listado de internos respecto de los cuales se ha ordenado el traslado de unidad penal, pues su incertidumbre actual deviene en una afectación de garantías fundamentales que ilegalmente está sufriendo. Acompaña los siguientes documentos: 1.- Certificado de reclusión; 2.- Carta de compromiso laboral; 3.- Certificado de conducta; 3.- Contrato de arrendamiento de inmueble en la comuna de La Serena, respecto de la pareja de su representado; 4.- Certificado de nacimiento de hijos de su representado. SEGUNDO: Que, evacuó informe CARMEN GLORIA JIMENEZ COVARRUBIAS, abogada, en representación de Gendarmería de Chile, Dirección Regional de Coquimbo. Expone que solicitados los antecedentes a la Jefatura, éstos informan que con fecha 05 de diciembre de 2019 el amparado Valderrama Flores ingresó al Complejo Penitenciario de La Serena por vía institucional desde el C.P. de Arica, dando cumplimiento a lo ordenado en Resolución Exenta Nacional N°7560 emanada del alto mando institucional, bajo consideraciones de Descongestión y Reparaciones Sanitarias de dicha Unidad Penal. Respecto de la reclusión intramuros del amparado, señala que ha sido relativamente estable, exhibiendo muy buena adherencia al medio, residiendo desde el 16 de abril

Texto Completo (Preview)

Valderrama Flores, Gary Francisco Gendarmería de Chile Recurso de amparo Rol N° 79-2023.- La Serena, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece IGNACIO GARCÍA MORALES, Abogado, Defensor Penitenciario Privado, en representación del condenado GARY FRANCISCO VALDERRAMA FLORES, actualmente privado de libertad en el módulo 53 el Centro Penitenciario de

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica