ROMERO/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INTERIOR-SERVICIO DE
Rol
Fecha
23 de febrero de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Roberto Aranda Arcos, en representación de Ruddy Saray Romero Medina y, el hijo de ésta, Liam Alejandro Romero Romero, interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, por la dictación de la Resolución Exenta N° 64254 de 07 de mayo de 2021, la cual rechazó su solicitud de visa de residencia temporaria por vínculo con chileno, ordenando su abandono del país, lo cual sería contrario a las garantías establecidas en los numerales 2°, 14° y 26° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Refiere que la recurrente ingresó al país de forma regular el 02 de noviembre de 2018 en calidad de turista, conforme a tarjeta única de control migratorio otorgado por la Policía de Investigaciones de Chile. Señala que al poco tiempo encontró trabajo con lo cual procedió a realizar solicitud de visa temporaria ante la recurrida, otorgándosele el beneficio el 02 de octubre de 2019, en calidad de titular. Agrega que, sin embargo, el 31 de diciembre de 2019 fue desvinculada arbitrariamente, y que además no se le habían pagado sus cotizaciones prevsionales, obteniendo sentencia favorable ante el 2° Juzgado de Leras del Trabajo, causa RIT N° M-761-2020 de 05 de mayo de 2020. Pero que por motivo del desorden de su ex empleador, se vio imposibilitada de acreditar cotizaciones previsionales suficientes para optar y obtener la permanencia definitiva. Ante esto el 12 de abril de 2021, solicitó residencia temporaria por vínculo con chileno, sin embargo, el 16 de noviembre de 2021 se le comunicó mediante correo certificado de la Resolución Exenta recurrida, la cual rechazó la solicitud de visa y ordenó el abandono del país. Alega que desde que llegó a Chile ha concretado sus vínculos laborales y familiares, siendo madre y única responsable de su hijo de un año de edad de nacionalidad chilena, lo cual da cuenta de su arraigo. Fundamenta que además de l
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, por haber perdido oportunidad, el recurso de protección deducido en favor de Ruddy Saray Romero Medina y Liam Alejandro Romero Romero, en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Regístrese y comuníquese. N°Protección-41043-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. éngase presente.1: ttantiguedad res para ser incluido en la la Al escrito folio 11: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que Roberto Aranda Arcos, en representación de Ruddy Saray Romero Medina y, el hijo de ésta, Liam Alejandro Romero Romero, interpone recurso de protección en contra del Departamento de Ext
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