JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ NATALI ELIZABETH GODOY FIGUEROA Y OTRA. DTE. M.P.

Rol

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, compartiendo los argumentos del tribunal a quo y teniendo presente, a mayor abundamiento, que la cantidad de droga incautada y su diversidad permiten sostener, en este estadio procesal, la concurrencia de la figura típica del artículo 3° en relación con el artículo 1° de la Ley 20.000, y que corresponde precisamente al ilícito por el cual han sido formalizadas las encartadas, no habiéndose cuestionado la participación y, en lo referente a la necesidad de cautela, se estima que se configuran en la especie diversos criterios peligrosistas de aquellos establecidos en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, a saber, la gravedad de la pena asignada por ley al delito, el carácter del mismo en relación con los bienes jurídicos protegidos y la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, todo lo cual permite estimar que la libertad de las imputadas efectivamente constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, no vislumbrándose otras medidas cautelares de menor intensidad que permitan asegurar los fines del procedimiento, por lo que

Fallo

por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del día quince de febrero de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Garantía de Coquimbo, que decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto de las imputadas de autos Nataly Elizabeth Godoy Figueroa y Javiera Scarlette Mella Muñoz, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Felipe Vilches Contreras. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 128-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. Siendo las 11:20 horas ante la Sala Única de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por la Ministra interina señora Marcela Sandoval Durán y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa

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