SIN INFORMACION

PEREIRA/CAJA LOS ANDES.

Rol

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece Daniela Paz Pereira Fernández, Cédula nacional de identidad N° 12.168.305-9, chilena, soltera, Procuradora, domiciliada en Calle Vallenar N° 991, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada por la Gerente de la sucursal Antofagasta Patricia Virginia Villegas Araya, ambas domiciliadas en calle Washington 2701, comuna de Antofagasta, a fin de que se disponga la adopción de las medidas tendientes para cautelar el legítimo ejercicio del derecho establecido en el artículo 19 Nº 24 de la Constitución Política de la República, puesto que ha sido privada de hacer pleno uso y goce de su derecho de propiedad, a consecuencia del proceder arbitrario e ilegal de la caja de compensación recurrida, solicitando se ordene el reintegro y devolución de las sumas que se indican y se abstenga de realizar descuentos en sus remuneraciones, con costas. Evacua informe la recurrida, instando por el rechazo de la acción deducida. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Funda su recurso indicando la recurrente, que en el año 2019 quedó adeudando 4 cuotas de un préstamo que había solicitado en la Caja de Compensación Los Andes. Indica que, en Junio del año 2022 comenzó a trabajar en la empresa Serbanc y que en agosto de ese mismo año, le comenzaron a descontar de su liquidación de sueldo, mensualmente las cuotas adeudadas del préstamo indicado precedentemente. Refiere que, al ser 4 las cuotas adeudadas, y habiendo comenzado a pagar en el mes de agosto, el ultimo descuento debía realizarse en el mes de noviembre, sin embargo en el mes de diciembre de 2022, descontaron una cuota más del préstamo, señalando el empleador que se había realizado el descuento y retención, ya que constaba en una planilla enviada por la Caja de Compensación, indicándole a la recurrente que debía acudir a la Caja para ver qué había pasado. Agrega que, el 3 de enero del presente año acudió a la sucursal de la Caja de Compensación en Antofagasta, donde la ejecutiva que la atendió le señalo que efectivamente no adeudaba ninguna cuota del préstamo señalado, pero que no podía hacer nada al respecto, y tampoco podían informar al empleador de su error porque así era el sistema y que la única forma de recuperar su dinero, era que acudiera nuevamente, llevando físicamente la liquidación donde consta el descuento, para generar el reintegro, lo cual realizó a fin de recuperar su dinero. Indica que, producto de los hechos descritos, se vio privada de una quinta parte de su mi remuneración, privando y perturbando el libre ejercicio de su derecho de propiedad, lo cual le ha generado angustia y malestar. Finalmente solicita se adopten todas las medidas necesarias para restablecer el imperio del derecho, ordenando se le restituya a la brevedad la suma de $ 114.004.-, descontada en el mes de diciembre de 2022 de sus remuneraciones, por concepto de préstamo ya pagado a la Caja de Compensación Los Andes. SEGUNDO: Que evacuó informe don Matías Amigo García, en representación de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, solicitando el rechazo del recurso, en razón de los argumentos que expone: Inicia refiriendo antecedentes del crédito, indicando que su representada con fecha 16 de marzo de 2018, otorgo a la señora Daniela Paz Pereira Fernández la operación de crédito código N° 003CON100840431 por un capital inicial de $844.864.-, a una tasa de Interés mensual de 2.77%, pagadero en un plazo de 18 meses, con una cuota mensual de $65.141, cuyo primer vencimiento correspondió a fecha 31 de mayo 2018. Las cuotas de los meses de mayo 2018 a marzo 2019, se pagaron en forma correcta y en los plazos establecidos. Posteriormente las cuotas de los meses de abril a junio 2018, se pagaron por resolución por denuncio de siniestro de cesantía. Finalmente, las cuotas de los meses de julio a octubre 2019, se pagaron con atraso con fecha 10 de septiembre al 10 de diciembre 2022. Con fecha 10 de enero se recibe la suma de $114.004, v

Fallo

Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas el recurso de protección deducido por doña Daniela Paz Pereira Fernández, en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, por falta de oportunidad. Regístrese y comuníquese. Rol 284-2023 (Protección)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Comparece Daniela Paz Pereira Fernández, Cédula nacional de identidad N° 12.168.305-9, chilena, soltera, Procuradora, domiciliada en Calle Vallenar N° 991, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, representada por la Gerente de la sucursal Antofagasta Pat

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