M.P. C/ JONATHAN ANDRES GONZALEZ ARAVENA
Rol
Fecha
23 de febrero de 2023
Materia
POSESION TENENCIA O PORTE DE MUN Y SUST QUIMICAS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1° Que en la presente causa, Rol N° 231-2023, la defensa del imputado Jonathan Andrés González Aravena, se ha alzado en contra la de la resolución de 15 de febrero del año en curso, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota , que dispuso la medida cautelar personal de prisión preventiva. 2° Que el imputado en esta causa se encuentran formalizado por tenencia ilegal de municiones, del artículo 9 en relación al artículo 2 letra c) de la ley 17.798. 3° Que de los antecedentes de la causa y de los argumentos aportados por los intervinientes en estrados, se aprecia debidamente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, consistentes en síntesis en ser sorprendido portando o manteniendo en su poder tres municiones de 9 mm de fogueo modificadas, existiendo argumentos suficientes para presumir en forma fundada la participación penal. De esta manera, se encuentran debidamente establecidos los presupuestos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que en relación a la necesidad de cautela de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, fundamento de la apelación, teniendo presente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos, bien jurídico protegido; municiones incautadas; el hecho de haber sido condenado previamente por delitos a los que la ley asigna igual o mayor pena, manteniendo investigaciones penales pendientes y medidas cautelares vigentes al momento de los hechos, con cumplimiento de pena sustitutiva, todo lo cual evidencia una conducta refractaria.
Fundamentos
Considerando finalmente que los argumentos expuestos por la defensa, constituyen alegaciones eventualmente idóneas para ser discutidas en sede procesal posterior, careciendo por ahora de la seriedad suficiente para amagar los argumentos previamente enunciados, con lo que no cabe sino concluir que la libertad personal de González Aravena constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual resulta procedente y proporcional medida cautelar de prisión preventiva a su respecto, correspondiendo en consecuencia confirmar la resolución judicial que así lo dispone.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de quince de febrero del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Letras y Garantía de Lota, que decretó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Jonathan Andrés González Aravena. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. Rol Penal N°231-2023.-
Texto Completo (Preview)
Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: 1° Que en la presente causa, Rol N° 231-2023, la defensa del imputado Jonathan Andrés González Aravena, se ha alzado en contra la de la resolución de 15 de febrero del año en curso, en virtud de la cual el Juzgado de Letras y Garantía de Lota , que dispuso la medida cautelar personal de prisión preventiva. 2° Que el imputado en esta
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