SIN INFORMACION

LEÓN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

23 de febrero de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA SIN COSTAS

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Rosangela Del Valle León Rengel, cédula de identidad para extranjeros N°27.101.803-7, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Oficina San Gregorio N°070 de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, pidiendo, para recibir respuesta sobre su solicitud de permanencia definitiva. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la circunstancia de haber enviado la recurrente, con fecha 17 de marzo de 2022 su solicitud de permanencia definitiva, habiendo transcurrido aproximadamente diez meses, sin recibir respuesta ni a nivel de sistema, ni a nivel personal, por lo que pide que su visa sea resuelta con el fin de poder realizar trámites. Asimismo, se indica en el recurso que la recurrida ha efectuado un acto ilegal y arbitrario que le priva de garantías constitucionales. Termina solicitando se decreten las medidas que se juzguen necesarias para restablecer el imperio del derecho, tendientes a asegurar la debida protección de sus derechos constitucionales, con costas. SEGUNDO: Que informó la abogada Pamela Ahumada Zamorano, en representación del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción constitucional de protección en todas sus partes, por no existir acción u omisión ilegal o arbitraria que pueda vulnerar los derechos invocados por la recurrente. Indica que la recurrente, de nacionalidad venezolana, ingresó por primera vez al país con fecha 16 de mayo de 2019 por el paso fronterizo Carretera Chacalluta, en calidad de turista. Refiere que el 23 de mayo de 2019, a petición de la extranjera, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Arica otorgó a la recurrente por primera vez una visa de residencia sujeta a contrato, por un año y en calidad de titular, luego se le otorgó nueva residencia por cambio de empleador con fecha 18 de enero de 2021, por un año y en calidad de titular, permiso que estuvo vigente hasta el 24 de mayo de 2022. Señala que el 17 de marzo de 2022 la recurrente pidió el beneficio de residencia definitiva, mediante solicitud ID N°42379267, la que se encuentra actualmente en trámite en etapa de análisis I. Destaca que el recurrente mantiene situación regular migratoria en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste, por lo que no existe actualmente una conducta que genere vulneración, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de los derechos protegidos por la acción de protección, siendo su cédula de identidad vigente, además del certificado de residencia en trámite; un documento suficiente para acreditar su situación migratoria regular. Asimismo, argumentó que de conformidad al artículo 27 de la Ley N° 19.880 – si bien el plazo de tramitación de los procedimientos administrativos es de seis meses - debe considerarse la existencia de caso fortuito o fuerza mayor, como es el caso del aumento exponencial de los flujos migratorios hacia el país, que implicó un retraso considerable e irresistible para la autoridad migratoria. Además, este plazo no es fatal para la administración, como ya lo han resuelto algunos Tribunales Superiores de Justicia. De igual modo, indicó que la interposición de un recurso de protección no es la vía idónea, pues en la especie se está en presencia de

Fallo

Por estas consideraciones, y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE ACOGE sin costas el recurso de protección deducido por Rosangela Del Valle León Rengel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, ordenándose que dentro del plazo de sesenta días corridos desde la dictación de la sentencia, la repartición pública recurrida deberá dar respuesta definitiva a la solicitud de la recurrente. Regístrese y comuníquese. Rol 328-2023 (PROT)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintitrés de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Rosangela Del Valle León Rengel, cédula de identidad para extranjeros N°27.101.803-7, de nacionalidad venezolana, con domicilio en Oficina San Gregorio N°070 de Antofagasta, quien interpuso recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad

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