ANONIMIZADO
Rol
Fecha
22 de febrero de 2023
Materia
ALIMENTOS, REBAJA
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo únicamente presente que lo que se intenta es la modificación de una resolución judicial actualmente ejecutoriada , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada con fecha nueve de diciembre de dos mil veintidós, por la Jueza del Juzgado de Familia de Copiapó, doña Mitzi Belmar Bustos, sin perjuicio del derecho que le asiste a la parte de solicitar al tribunal a quo la revisión de los alimentos provisorios actualmente vigentes. Regístrese y devuélvase. N°Familia-13-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veintidós de febrero de dos mil veintitrés. VISTOS: Teniendo únicamente presente que lo que se intenta es la modificación de una resolución judicial actualmente ejecutoriada , de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada con fecha nueve de diciembre de dos mil veintidós, por la Jueza del Juzgado de Famili
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